T-733 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Marlon Alberto Gaviria Gomez·Demandado Promotora Escala S.A. Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia cuando vulneración ponga en peligro la vida e integridad de habitantes por fallas estructurales o defectos en inmueble
- Improcedencia para obtener pagos o indemnizaciones por daños causados en inmueble
- No existe desconocimiento por parte de constructora al señalar que inmueble fue recibido a satisfacción por el comprador y haber sido afectado al realizar modificaciones sin respetar el manual de mantenimiento
- Procedencia cuando por acción u omisión se ponga en peligro a personas en situación de subordinación o indefensión
- Improcedencia por tratarse de un tema contractual entre constructora y comprador de inmueble con fallas estructurales por modificaciones sin respetar el manual de mantenimiento
- Carácter prestacional
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no demostrar perjuicio irremediable al haberse ordenado la evacuación preventiva del inmueble
- Diferencias
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Alega el actor que se vulneraron sus derechos fundamentales y sustenta esta afirmación en la ausencia de una respuesta clara, precisa y congruente a la petición que formulara ante la Constructora Promotora Escala S.A. para que realizara reparaciones a su casa para la recuperación estructural de la misma o le devolviera el dinero invertido en dicha propiedad, por incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades consignadas en el contrato suscrito por ambos.
La Sala concluye que la presente acción de tutela se torna IMPROCEDENTE en cuanto a la violación del derecho a la vivienda digna reclamado, por ausencia del requisito de subsidiariedad ya que se trata de un tema contractual entre la constructora y el comprador del inmueble que debe ser examinado en la jurisdicción ordinaria y, por no haberse probado ningún perjuicio irremediable.
Con relación al derecho de petición, la Sala constató que la entidad accionada sí dio respuesta oportuna y de fondo a las preguntas planteadas por el accionante, razón por la cual decide NEGAR el amparo solicitado frente a este derecho.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declarar IMPROCEDENTE la tutela del derecho fundamental a la vivienda digna del señor Marlon Alberto Gaviria Gómez en el proceso contra la Promotora Escala S.A., al que también fue vinculado el Municipio de Medellín.
- SEGUNDO. NEGAR la tutela del derecho de petición contra la Promotora Escala S.A.. En consecuencia, CONFIRMAR la decisión del Juzgado treinta y Siete Penal Municipal con Funciones de Conocimiento del Municipio de Medellín.
- Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.