T-723 de 2011
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Marelvis Yaneth Rodriguez Fuentes·Demandado Universidad Popular Del Cesar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Obligación de motivar los actos administrativos que declaran la insubsistencia del servidor
- Acto de desvinculación no requiere motivación
- Reintegro al cargo de carrera desempeñado como secretaria en provisionalidad sin solución de continuidad
- Dejar sin efectos declaración de insubsistencia
- Vulneración por falta de motivación del acto que declaro la insubsistencia del nombramiento
- Cargo de carrera administrativa y cargo de libre nombramiento y remoción
- Decisión debe ser motivada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, estabilidad laboral reforzada, mínimo vital.
La demandante fue nombrada en provisionalidad en un cargo de carrera administrativa y después de llevar más de dos años en dicho cargo, su nombramiento fue declarado insubsistente a través de un acto administrativo sin motivación alguna.
La actora es madre cabeza de familia y carece de capacidad económica para sufragar sus gastos y responder por la subsistencia de su hija.
La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela respecto de la declaración de insubsistencia sin motivación, de nombramientos en provisionalidad de servidores públicos en cargos de carrera y recuerda el deber motivar éstas decisiones.
Se CONCEDE el amparo y se ordena el reintegro.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en diciembre 13 de 2010 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Sala Penal, que en su momento revoco el adoptado en noviembre 8 del mismo ano, por el Juzgado 1deg Penal del Circuito de Valledupar.
- Segundo. TUTELAR, de manera definitiva, los derechos fundamentales de Marelvis Yaneth Rodriguez Fuentes al debido proceso, la estabilidad laboral reforzada y el minimo vital, al igual que el de su hija estudiante Lilian Paola Rodriguez Rodriguez, para lo cual se dejara sin efectos la Resolucion No 1491 de julio 12 de 2010, que declaro la insubsistencia de su nombramiento y se ordenara a la Universidad Popular del Cesar, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces que, si aun no lo ha realizado, en el termino de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, reintegre a la mencionada senora al cargo de secretaria que venia desempenando en provisionalidad en dicha institucion educativa, cubriendo todos sus derechos laborales y de seguridad social, como si no hubiere existido solucion de continuidad.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.