Micelio
Sentencia de Tutela16 de junio de 2000

T-719 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Syra Garcia Vda. De Milanes Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital A La Seguridad Social Y A La Vida En Personas De La Tercera Edad. Pago De Acreencias Laborales. Prestacion De Servicios Medicos. Eps. Concedida.
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Pension De Jubilacion
  • Situación económica de empresa no impide pago oportuno de mesadas
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Octavo. Laboral del Circuito de Cartagena, en los expedientes T-288855 y T-289032, mediante los cuales se nego la proteccion de los derechos invocados por las accionantes. En su lugar, CONCEDER las tutelas por violacion al minimo vital y a la seguridad social en conexidad con la vida. derecho fundamental a la seguridad social.
  3. Segundo. ORDENAR al Gobernador del Departamento de Bolivar que, dentro de los tres meses (3) siguientes a la notificacion de la presente providencia, cancele a las demandantes la totalidad de las mesadas adeudadas, advirtiendole que podra tambien hacer uso del anticipo contemplado en el paragrafo 6deg del articulo 2deg de la Ley 549 de 1999.
  4. Se previene de nuevo al demandado para que no vuelva a incurrir en conductas como las que originaron la instauracion de las acciones de tutela en referencia.
  5. Tercero. Tener en cuenta el estado de cosas inconstitucionales que se declaro para el Departamento de Bolivar mediante la sentencia T-525 de 1999, en orden a corregir dentro de los parametros constitucionales y legales, la falta de prevision presupuestal que afecta la puntual cancelacion de las mesadas pensionales de los ex empleados del Departamento demandado.
  6. Cuarto. ADICIONAR la decision de la Sala de Decision Civil - Familia del Tribunal Superior de Cartagena en el caso de la senora Syra Garcia Vda de Milanes (expediente T-271303), y tutelar el derecho a la salud.
  7. Igualmente TUTELAR el derecho a la salud de las demandantes Aida Buelvas Tobinson y Elisa Luna Herazo (expediente T-288855 y T-289032) para lo cual se ORDENARA al Departamento de Bolivar asumir de manera directa la prestacion de los servicios medicos requeridos por las accionantes y sus beneficiarios, hasta tanto el Departamento se encuentre a paz y salvo con la respectiva E.P.S., en la cual se encuentran afiliadas las demandantes.
  8. Quinto. El desacato a lo aqui dispuesto, se sancionara por el correspondiente juez de primera instancia, en los terminos previstos por el articulo 52 de decreto 2591 de 1991.
  9. Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.