Sentencia de Tutela16 de abril de 1999
T-238 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Nel Arturo Vergara Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Pensiones. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Medio De Defensa Judicial
- Pago de mesadas pensionales atrasadas
Accion De Tutela Transitoria
- Pago de mesadas pensionales en lo que constituye el mínimo vital
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho A La Vida Digna
- Pago oportuno de mesadas pensionales
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR las decisiones judiciales de los Juzgados
- Segundo. Civil del Circuito de Cartagena del 25 de noviembre de 1998, del Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de la misma ciudad del 18 de diciembre del mismo año y de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena del 21 de enero de 1999. CONFIRMAR la providencia proferida dentro del expediente T-205301 que denegó la tutela.
- Segundo. TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales a la vida digna, al trabajo en condiciones dignas y justas, y a la seguridad social en conexión con ellos que le asisten a los demandantes, Nel Arturo Vergara Benítez y Julio Cesar Ramírez Romero y de Eleazar Gualberto Linares Romero, en consecuencia, ORDENAR al Gobernador del Departamento de Bolívar que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, proceda a pagar las mesadas pensionales en lo que constituye el mínimo vital de los demandantes, siempre y cuando exista la partida presupuestal correspondiente. Si esta no existiere o fuere insuficiente, dispondrá del término ya señalado para iniciar las gestiones tendientes a obtener los recursos necesarios para el pago efectivo y completo de lo ordenado. Para lo que excede del mínimo vital, así como para las mesadas causadas y no pagadas, los demandantes cuentan con las vías judiciales ordinarias. En consecuencia, deberán iniciar dichas acciones dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificación de la presente providencia, so pena de que se extingan los efectos de la decisión adoptada en esta providencia.
- Tercero. El Gobernador del Departamento de Bolívar deberá, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificación de esta sentencia, agotar todas las gestiones administrativas y presupuestales pertinentes para que, en adelante, no vuelva a retrasar el pago de las mesadas pensionales de los demandantes.
- Cuarto. LÍBRENSE por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a13
T-075/99Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Atrasadas. Indexacion. Conmutacion Pensional. Croydon S.A. Concedida.T-017/99Der. Al Minimo Vital. Der. A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Infipal. Concedida.SU.062/99Tutela Contra Particulares. Indefension. Der. Al Minimo Vital. Servicio Domestico. Pago De Salarios Y Prestaciones. Tutela Transitoria. Concedida.T-791/98Der. Al Minimo Vital. No Pago De Mesadas Pensionales. Empresa En Liquidacion. Croydon S.A. Omision De La Conmutacion Pensional. Concedida.T-788/98Der. A La Vida. Der. Al Minimo Vital. No Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-544/98Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo Digno. Reanudacion De Mesadas Pensionales. Empresa De Acueducto De Antioquia. Concedida.
Ver las 13 →Citada por7
T-314/06Tutela de 2006T-719/00Derecho Al Minimo Vital A La Seguridad Social Y A La Vida En Personas De La Tercera Edad. Pago De Acreencias Laborales. Prestacion De Servicios Medicos. Eps. Concedida.T-1688/00Derecho Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-525/99Der. A La Vida. Der. A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Departamento De Bolivar. Concedida.T-427/99Der. A La Vida Y A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Negada.T-317/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.