Sentencia de Tutela6 de mayo de 1999
T-314 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Francisco Javier Agudelo Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Hecho Superado. Concedida Parcialmente.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Carencia actual de objeto
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. CONFIRMAR los numerales
- primero. y
- segundo. de la sentencia proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Líbano (Tolima), del diecisiete (17) de febrero de 1999, por presentarse un hecho superado, tal y como se señaló en la parte considerativa de esta sentencia.
- Segundo. REVOCAR el numeral
- tercero. de la sentencia en cuestión. En su lugar, TUTELAR, los derechos fundamentales de los demandantes contenidos en el numeral
- tercero. de la sentencia de instancia, para lo cual se ordenará al Municipio de Líbano, reanudar el pago de las mesadas en lo correspondiente al mínimo vital de la pensión de cada uno de dichos actores.
- Tercero. ORDENAR al Municipio de Líbano (Tolima), que deberá proceder a cumplir lo aquí ordenado en un plazo máximo de quince (15) días contados a partir de la notificación de la presente sentencia, siempre y cuando exista la correspondiente partida presupuestal. Si esta fuere insuficiente, dispondrá del término ya señalado para iniciar las gestiones tendientes a obtener los recursos necesarios para el pago efectivo y completo señalado.
- Cuarto. LÍBRENSE por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-238/99Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Pensiones. Concedida.T-090/99Der. Al Minimo Vital. Der. A La Seguridad Social Y A La Vida. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Envases Industriales Del Caribe. Concedida.T-075/99Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Atrasadas. Indexacion. Conmutacion Pensional. Croydon S.A. Concedida.SU.062/99Tutela Contra Particulares. Indefension. Der. Al Minimo Vital. Servicio Domestico. Pago De Salarios Y Prestaciones. Tutela Transitoria. Concedida.T-791/98Der. Al Minimo Vital. No Pago De Mesadas Pensionales. Empresa En Liquidacion. Croydon S.A. Omision De La Conmutacion Pensional. Concedida.T-788/98Der. A La Vida. Der. Al Minimo Vital. No Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.
Ver las 14 →Citada por3
T-401/18Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente. Fallecimiento Del Accionante.T-285/18Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Reconocio Valor De Licencia De Maternidad.T-205A/18Medidas De Proteccion Para Defensores De Derechos Humanos. Respuesta A Solicitudes Deben Ser Proactivas Y Sin Dilaciones Injustificadas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.