Sentencia de Tutela23 de noviembre de 1998
T-699 de 1998
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Faraon Antonio Del Portillo Mercado Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. De Peticion. Solicitud De Liquidacion Y Reajuste Pensional Foncolpuertos. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia general para reclamar pago de acreencias laborales
Derecho De Peticion
- Pronta resolución
Medio De Defensa Judicial
- Reembolso de dineros por asunción de costos médicos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Superior, Sala Laboral de Santa Marta (Magdalena) en cuanto tutelo el derecho de peticion del senor Faraon Antonio del Portillo Mercado.(Expediente T-175499).
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota en el expediente T-175639.
- Tercero. REVOCAR la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota dentro del expediente T-182251. En consecuencia, se ordena a Foncolpuertos, si aun no lo ha hecho, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, resuelva las peticiones elevadas por el senor Luis Eduardo Santrich Barrios.
- Cuarto. LIBRENSE la comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-467/98Der. De Peticion. Der. A La Igualdad. Debido Proceso. Reconocimiento Y Pago Oportuno De Pensiones. Foncolpuertos. Concedida Parcialmente.T-410/98Der. A La Igualdad. Der. De Peticion. Pago De Acreencias Laborales. Medio De Defensa Judicial. Foncolpuertos. Negada Parcialmente.T-080/98Der. A La Salud. Preexistencias. Cirugia En La Rodilla. Cateterismo Cardiaco. Colsanitas. Negada.T-010/98Pago De Acreencias Laborales. Medio De Defensa Judicial. Der. De Peticion. Negada Parcialmente.T-575/97Pago De Acreencias Laborales Legitimacion En La Causa. Foncolpuertos. Negada.T-207/97Der. De Peticion. Reajuste Periodico De Pensiones. Debido Proceso. Der. A La Igualdad. Foncolpuertos. Concedida Parcialmente. Ver Auto 011/98.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.