Micelio
Sentencia de Tutela30 de agosto de 1999

T-634 de 1999

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Procuraduria Delegada Para Asuntos Etnicos

Tema · dato duro
Integridad Etnica Y Cultural. Der. A La Participacion. Territorio Indigena Arhuaco. Medio De Defensa Judicial. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Popular
  • Derecho a la consulta de comunidades indígenas
Comunidad Indigena
  • Consulta previa
Cultura Indigena
  • Afectación conlleva menoscabo de un derecho colectivo
  • Connotación de la naturaleza
Resguardos
  • Son ámbito territorial
Municipio
  • Creación sin previa consulta de pueblo arhuaco
Territorios Indigenas
  • Principios aplicables
9 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. NO CONCEDER la tutela impetrada como mecanismo transitorio, por la Procuradora Delegada para Asuntos Etnicos, porque existen otras vias judiciales: la accion popular y la contensioso-administrativa. Queda en esta forma parcialmente reformada la sentencia objeto de revision.
  2. Segundo. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el Tribunal de origen hara las notificaciones y tomara las medidas adecuadas.
  3. Tercero. Remitase copia de este fallo al Consejo de Estado.
  4. Cuarto. Se levantan los terminos que estaban suspendidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por41
T-472/24Derechos A La Consulta Previa, Al Debido Proceso Administrativo Y De Petición-Afectación Directa Del Territorio De Comunidad Indígena En El Marco De Un Proyecto De Programa Sísmico.A. 722/24Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia Se Encuentran SatisfechosA. 1192/24Incumplimiento Del Factor Objetivo E Institucional-La Comunidad No Cuenta Con Un Sistema Que Garantice El Debido Proceso Del Demandante, Ni La Imparcialidad Del Procedimiento Y De La Decisión-Los Cabildos Indígenas Se Configuran Como Entidades Públicas Especiales, Encargadas De Representar Legalmente A Sus Comunidades, Ejercer La Autoridad Y Desarrollar Las Actividades Que Les Atribuyen Las Leyes, Sus Usos Y Costumbres- Los Resguardos Indígenas, No Poseen La Naturaleza De Entidades Públicas-La Autoridad Jurisdiccional No Indígena Debe Incluir Un Enfoque Que Respete La Perspectiva Étnica Y El Diálogo Intercultural Dentro Del Proceso.T-246/23Derecho A La Vivienda Digna Y Consulta Previa De Comunidad Indígena En Situación De Desplazamiento Por Razones Climáticas-Enfoque Étnico En Favor De Víctimas De Desastres Naturales.SU.196/23Derecho Al Agua, Ambiente Sano, Alimentación Y Trabajo De Comunidades Negras Que Habitan La Cuenca Del Río Anchicayá-Protección, Enfoque Diferencial Y Respeto De La Diversidad Étnica Y Cultural.A. 1070/23Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-Finalizó La Causa Judicial Que Dio Inicio Al Proceso Ejecutivo.
Ver las 41

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.