Micelio
Sentencia de Tutela13 de agosto de 2010

T-630 de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Francisco Morris Ordoñez·Demandado Tribunal Administrativo De Cundinamarca

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Requisitos generales de procedibilidad
Principio De Inmediatez Como Requisito De Procedibilidad De La Accion De Tutela
  • Caso en que no se satisface el requisito por interponerse 29 meses después de la decisión de fondo
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vía de hecho, debido proceso..

El demandante, en calidad de Superintendente Bancario, previo concepto favorable del Jefe de Personal de la entidad, destituyó un empleado mediante resolución expedida el 9 de junio de 1981, decisión que fue confirmada el 25 del mismo mes y año.

Frente a estos actos administrativos, el destituido inició la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, quien por sentencia del 23 de mayo de 1991, ordenó el reintegro del empleado a la entidad y el pago de la indemnización correspondiente.

La Superintendencia pagó efectivamente la indemnización a la que fue condenada e inició el proceso de repetición contra el aquí accionante.

Mediante decisión judicial se ordenó que el entonces Superintendente pagara a favor de la Superintendencia la suma de $40.082.366.

Para el actor, el Despacho Judicial que resolvió la acción de repetición incurrió en una conducta arbitraria al fundar su decisión en normas que de manera evidente resultaban inaplicables, además de afirmar que existió un defecto fáctico por no haberse valorado el hecho de que la destitución estuvo precedida por concepto emitido por el Jefe de Personal de la entidad.

La Sala de Revisión reiteró jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y sobre el requisito de inmediatez que habilita la protección inmediata de los derechos por vía de la acción de tutela.

Negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. PRIMERO. NEGAR el amparo solicitado por el senor Francisco Morris Ordonez. En consecuencia, CONFIRMAR la sentencia de tres (3) de diciembre de 2009, proferida por el Consejo de Estado, Seccion Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.