Micelio
Sentencia de Tutela23 de julio de 2003

T-603 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Aseinpec Medellin Y Otros Vs. Inpec

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo Y Asociacion Sindical. Solicitud Reintegro De Trabajadores. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Prestaciones Sin Solucion De Continuidad. Fuero Sindical. No Cumplimiento Recomendaciones Vinculantes De La Oit. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia para hacer cumplir una recomendación provisional de un órgano internacional
  • Mecanismo para lograr cumplimiento de recomendaciones de los órganos de control que protegen derechos fundamentales
Comite De Libertad Sindical
  • Procedimiento para adopción de recomendaciones
  • Funciones
  • Organo de investigación
  • Recomendación para el caso no es vinculante
Sentencia De Tutela
  • Aplicación inadecuada del precedente sobre recomendaciones de la OIT
  • Desconocimiento de jurisprudencia sobre procedibilidad de la tutela
  • No examinó los diferentes tipos de recomendaciones de los órganos de la OIT
  • Tomó como definitivo informe provisional sobre despido de dirigentes sindicales del INPEC
Derechos Fundamentales
  • Vulneración por el INPEC al sustraerse del cumplimiento de las recomendaciones
Organizacion Internacional Del Trabajo
  • Diferencia entre sus recomendaciones y las de los organismos de control
7 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia el 19 de noviembre de 2002 y por la misma Sala del Consejo Superior de la Judicatura el 22 de enero de 2003, que negaron la solicitud de amparo de los demandantes, en el tramite de la presente accion de tutela.
  2. Segundo. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) que proceda, dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificacion de este fallo de revision, a reintegrar a los mismos cargos o en otros iguales o de superior jerarquia a Yamid Alfonso Marin Monsalve, Mauricio Araque Alvarez, Francisco Javier Jaramillo, Erisman Sanchez Castano, Luis Armando Sanchez Vera, Martin Sandoval Giron y Jorge Toro Hincapie, por los hechos que originaron esta accion, y a reconocerles los salarios y prestaciones que dejaron de percibir, considerandose para todos los efectos legales que no ha existido solucion de continuidad en su relacion laboral con ese Instituto.
  3. Tercero. LIBRENSE por Secretaria General las Comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli previstos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.