Micelio
Sentencia de Tutela16 de mayo de 2000

T-579 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Dora Archila Avellaneda

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Omision De Famisanar E.P.S. De No Realizar Cirugia Por No Tener El Numero De Semanas Cotizadas. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Omisión de tratamiento que ocasiona dolor
  • Conexidad con la vida
Derecho A La Dignidad Humana
  • Omisión de tratamiento que ocasiona dolor
Urgencias En Enfermedades De Alto Costo
  • Atención inmediata sin tener en cuenta periodos mínimos de cotización ni capacidad de pago
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo del 24 de noviembre 1999, proferido por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, por medio del cual se negó la protección solicitada. En su lugar, se concede la tutela de los derechos a una vida digna, a la integridad personal, a la salud y a la seguridad social de la actora. En consecuencia, se ORDENA a Famisanar E. P. S. que, en el término de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de este Fallo, si así lo estima el médico tratante, o en la oportunidad que, bajo su responsabilidad profesional, él indique, practique la cirugía que requiere DORA ARCHILA AVELLANEDA.
  2. Se inaplica en este caso, por inconstitucional, el artículo 61 del Decreto 806 de 1998.
  3. Segundo. Por Secretaria General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.