Micelio
Sentencia de Tutela29 de septiembre de 1998

T-532 de 1998

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Hilda Perilla Ruiz

Tema · dato duro
Der. Al Trabajo. Der. A La Vida Y A La Salud. Traslado De Empleada A Otro Pueblo. Contraloria De Boyaca. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
  • Suspensión acto que ordena traslado
  • Traslado que pone en peligro vida de mujer embarazada y de hijo por nacer
Empleados De Carrera Administrativa
  • Límites al poder discrecional de la administración para traslados
Funcionario De Carrera Administrativa
  • Facultad de traslado por necesidades del servicio
Derecho A La Vida Del Nasciturus
  • Amenaza por traslado de empleada embarazada que implica movilización diaria
Derecho A La Vida
  • Amenaza por traslado de mujer en embarazo que implica movilización diaria
Empleos De Libre Nombramiento Y Remocion
  • Mayor discrecionalidad para traslado por necesidades del servicio
Ius Variandi
  • Discrecionalidad limitada de la administración para modificar sitio de trabajo
Medio De Defensa Judicial No Idoneo E Ineficaz
  • Traslado que pone en peligro vida de mujer en embarazo y de hijo por nacer
Servidor Publico De Carrera Administrativa
  • Traslado por necesidades del servicio
Servidor Publico De Libre Nombramiento Y Remocion
  • Traslado por necesidades del servicio
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el 13 de mayo 1998, y la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, con fecha 15 de abril de 1998, mediante las cuales se denegó la tutela impetrada.
  2. Segundo. CONCEDER a la demandante la tutela de sus derechos fundamentales al trabajo en condiciones dignas, a la vida y a la salud.
  3. Tercero. ORDENAR a la Contraloría General de Boyacá que en el término de cuarenta y ocho (48) horas suspenda la orden de traslado de la demandante, por el término que falte para que se produzca el nacimiento de su hijo y tres (3) meses más.
  4. Cuarto. Líbrense, por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.