Sentencia de Tutela28 de febrero de 1995
T-077 de 1995
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Victor Hugo Forero Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. De Posesion. Medio De Defensa Judicial. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Gravedad del daño
- Requisitos generales de procedibilidad
- Subsidiariedad
Perjuicio Irremediable
- Extrema necesidad
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado 29 Civil del Circuito de Santafé de Bogotá el día veintiseis (26) de septiembre de 1994.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por16
T-240/16Contrato De Seguros. Vulneracion Por Negar La Ejecucion De Polizas De Seguros Bajo El Argumento De Una Presunta Reticencia Y Preexistencia.T-770/15Accion De Tutela Contra Aseguradora. Vulneracion Al Negar Ejecucion De Las Polizas De Seguros Bajo El Supuesto De Preexistencia.T-370/15Accion De Tutela Contra Compañia De Seguros. Pago De Saldo Insoluto.T-032/13Tutela de 2013T-076/11Tutela de 2011C-942/09Ejercicio De Las Culturas Medicas Tradicionales. Basta Solo La Autorización De La Respectiva Comunidad Étnica
Ver las 16 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.