Sentencia de Tutela3 de octubre de 1997
T-495 de 1997
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Tomas Enrique Vasquez Y Otra
✓
Tema · dato duro
Der. A La Familia. Proteccion A La Vida Y A La Salud De Las Personas De La Tercera Edad. Asistencia Publica. Indemnizacion Por Muerte De Hijo Cuando Prestaba Servicio Militar. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Igualdad
- Padres de crianza
Familia De Hecho
- Protección constitucional
Medio De Defensa Judicial Inexistente
- Personas de avanzada edad
Relacion Filial De Hecho
- Juez de tutela debe ponerla en conocimiento del ICBF
- Tratamiento de padres de crianza como padres adoptivos
Asistencia Publica
- Pobreza y desamparo
Derechos De Persona De La Tercera Edad
- Pobreza y desamparo
Instituto Colombiano De Bienestar Familiar
- Falla en la prestación del servicio
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
- Personas de avanzada edad en situación de pobreza
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Séptimo. Laboral del Circuito de Medellín el 8 de abril del año en curso y, en su lugar, tutelar los derechos a la familia, a la igualdad, a la protección de la tercera edad, a la vida y a la salud del señor Tomás Enrique Vásquez y de su esposa María del Carmen Henao.
- Segundo. ORDENAR al Ministerio de Defensa Nacional revocar la Resolución 02933 del 23 de marzo de 1995, y proceder a ordenar la publicación de un aviso en un periódico de circulación nacional, en el que se dé noticia pública sobre el pago de la compensación por la muerte del soldado Juan Guillermo Vásquez Henao a los esposos Vásquez Henao, para que quien crea tener mejor o concurrente derecho se haga presente, y acredite lo que le pueda corresponder; transcurridas 72 horas contadas a partir de esa publicación, el Ministerio reconocerá, liquidará y pagará la compensación por causa de la muerte del ex soldado Juan Guillermo Vásquez Henao en favor de los esposos Vásquez Henao, que para el caso asimilará a padres adoptivos del occiso.
- Tercero. ORDENAR que esta providencia le sea notificada al Alcalde de Medellín y al Director de la Regional de Antioquia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a fin de que les hagan efectivo a los actores, dentro de las 24 horas siguientes a tal notificación, su derecho a la asistencia pública.
- Cuarto. PREVENIR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Regional Antioquia, para que no vuelva a incurrir en el ejercicio de sus funciones legales, en omisión similar a la considerada en este caso.
- Quinto. COMUNICAR esta providencia al Juez
- Séptimo. Laboral del Circuito de Medellín, para los efectos consagrados en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por21
T-279/20Derecho A La Sustitucion Pensional De Hijo Fallecido, En Calidad De Madre De CrianzaC-289/19Subsidio Familiar En Dinero A Favor De Los Hijos Menores De Edad De Los Trabajadores, Sin Incluir A Los Hijos De Crianza.T-281/18Derecho A La Sustitucion Pensional Para Hijos De Crianza En Situacion De Discapacidad.T-177/17Regimen Especial De Seguridad Social En Salud De Docentes. Afiliacion De Sobrina Como Beneficiaria,T-138/17Derecho De Peticion En Materia Pensional. Colpensiones No Respondio De Forma Congruente La Solicitud De Pension De Sobrevivientes En Calidad De Hijo De Crianza.C-359/17. Pensión De Sobrevivientes A Favor De La Familia De Crianza.
Ver las 21 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.