Sentencia de Tutela12 de agosto de 1992
T-493 de 1992
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Jaime Tarquino
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. Debido Proceso. Libertad De Catedra. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Juez De Tutela
- Facultades
Libertad De Aprendizaje
- Límites
10 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCASE el fallo proferido el día diecisiete (17) de marzo de mil novecientos noventa y dos (1992), por el Juzgado Diecisiete de Instrucción Criminal de Armenia -Quindío-, mediante el cual accedió a tutelar la libertad de aprendizaje que consideró había sido conculcada al ciudadano JAIME ENRIQUE TARQUINO GALVIS por la Escuela de Administración y Mercadotecnia del Quindío.
- Segundo. ORDENASE al Consejo Académico y al rector de la Escuela de Administración y Mercadotecnia del Quindío, rehacer el proceso disciplinario contra los estudiantes y los docentes presuntamente responsables de actos contrarios a las obligaciones señaladas por el reglamento estudiantil de la Institución.
- Tercero. PREVIENESE al establecimiento educativo mencionado, a sus profesores y estudiantes, para que en el futuro se abstenga el
- primero. de aplicar sanciones disciplinarias por fuera de las condiciones y requisitos establecidos en la Constitución, la ley y sus propios reglamentos, y a los segundos para que se sujeten al ordenamiento general y al particular de la Institución en el desarrollo de sus actividades académicas.
- Cuarto. COMUNIQUESE la presente providencia a la Secretaría de Educación del Departamento del Quindío y al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-, a fin de que intervengan, dentro del ámbito de sus competencias, en el trámite ordenado.
- El ICFES deberá hacer circular esta sentencia para que la doctrina contenida en ella sea conocida por los establecimientos educativos.
- Quinto. LIBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por23
SU.236/22Discriminación Como Límite A La Autonomía Universitaria En El Sector Privado-Derecho A La Educación Y Libertad De Expresión De Estudiantes.T-343/21Derecho A La Educacion Superior-Vulneracion Por Icetex, Por Negativa De Renovar Credito Educativo, Sin Tener En Cuenta Condiciones De Salud Del EstudianteT-265/20Debido Proceso Disciplinario A Estudiante De Medicina, Quien Fue Sancionado Por Actos De Acoso Estudiantil, Discriminacion Y Vulneracion De La Intimidad Al Revelar Datos Contenidos En Historia Clinica De Un Compañero De FacultadT-726/17Derecho A La Vivienda Digna En Su Dimension De Habitabilidad Y Su Relacion Con Derecho A La Seguridad Personal.T-650/16Autonomia Universitaria. Caso En Que Estudiante De Derecho No Cumplio Con Los Requisitos En Las Asignaturas Para Obtener El Titulo De Abogada.T-622/16Proteccion De Los Rios, Bosques Y Fuentes De Alimento, Medio Ambiente Y Biodiversidad. Recuperacion Del Rio Atrato.
Ver las 23 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.