Micelio
Sentencia de Tutela14 de julio de 1992

T-457 de 1992

Ponente Ciro Angarita Baron

Demandante Gina Cabanzo

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Personal Docente Del Distrito. Posesion Del Cargo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, REVOCAR el fallo proferido por el Consejo de Estado el dos (2) de Marzo del ano en curso que confirmo la decision del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca el veintidos (22) de Enero de 1992.
  2. SEGUNDO. En consecuencia ORDENAR al Alcalde Mayor de Santafe Bogota D.C, que en el termino de un (1) mes, contado a partir de la comunicacion de esta sentencia, disponga lo conducente para que sean posesionados aquellos docentes nombrados por la Resolucion 1765 de 1991 que en el momento de su expedicion hubiesen cumplido con los requisitos indispensables para acceder al cargo, siempre y cuando ellos lo soliciten expresamente, dentro del termino arriba senalado.
  3. TERCERO. CONDENAR en abstracto al Distrito Capital de Santafe de Bogota, a pagar a los docentes nombrados a traves de la Resolucion 1765 de 1991 la indemnizacion del dano emergente causado, en la suma que ellos demuestren ante las autoridades competentes, la cual se liquidara de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 25 del Decreto 2591 de 1991.
  4. En caso de que el Distrito Capital de Santafe de Bogota fuere condenado a reparar patrimonialmente los danos antijuridicos causados, esta en el deber de repetir en contra de los agentes responsables, en la forma establecida en el inciso 2 de la Carta Vigente.
  5. CUARTO. ORDENAR que por Secretaria se comunique esta providencia al Alcalde Mayor de Santafe de Bogota. D.C., al Secretario de Educacion del Distrito, al Consejo de Estado y el Tribunal Contencioso de Cundinamarca, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.