Sentencia de Tutela18 de septiembre de 1995
T-415 de 1995
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Maria Del Rosario Motta Escalante
✓
Tema · dato duro
Declaratoria De Insubsistencia De Enfermera.Reintegro. Medio De Defensa Judicial. Pitalito-Huila. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Insubsistencia
- Improcedencia de la tutela
Debido Proceso Administrativo
- Declaración de insubsistencia
Perjuicio Irremediable
- Declaración de insubsistencia
- Inexistencia
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- CONFIRMAR el fallo de fecha veintiocho (28) de marzo de 1995, mediante el cual la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva resolvió denegar por improcedente la acción de tutela interpuesta por la señora María del Rosario Motta Escalante en contra del director general del hospital regional de Pitalito (Huila) y se revocó el fallo de primera instancia, proferido por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Pitalito.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio Barrera CarbonellTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.