T-877 de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Beckembauer Ortega Gelves·Demandado Alcaldia De Medellin Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No vulneración por cuanto el perjuicio irremediable que se alega es de carácter pecuniario y no vulnera derechos fundamentales
- Caso en que Secretaría de Educación cancela la licencia de funcionamiento de una institución educativa
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
<br>El actor alega la vulneración de sus derechos al debido proceso administrativo, al trabajo, al buen nombre en coexistencia con el derecho a la libertad económica y de empresa, por parte de la Alcaldía y la Secretaría de Educación Municipal de Medellín, al tomar la decisión de cancelar la licencia de funcionamiento de la institución educativa para el trabajo y el desarrollo humano, Politécnico Central de Medellín.
La Sala concluye que el perjuicio irremediable aducido por la empresa actora es de carácter pecuniario, a partir de lo cual no alcanza a revestir las connotaciones de inminencia, apremio, ilegitimidad y afectación a derechos fundamentales que hagan procedente el mecanismo de amparo, ni aún con el carácter de transitorio.
Se confirma la decisión de instancia que declaró IMPROCEDENTE la presente acción constitucional incoada. <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido en mayo 17 de 2012 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que revoco el dictado en marzo 26 del mismo ano por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, y declaro improcedente la accion de tutela instaurada por Beckembauer Ortega Gelves en nombre propio y como apoderado de Inversiones Oro S. A. S., propietario del Politecnico Central de Medellin, contra la Secretaria de Educacion y la Alcaldia Municipal de esa ciudad.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.