Micelio
Sentencia de Tutela7 de septiembre de 1993

T-376 de 1993

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Victor Garcia

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Proteccion A La Indigencia. Dignidad Humana. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR parcialmente el fallo proferido el 29 de abril del año en curso por el Juzgado
  2. Sexto. Civil del Circuito de Santafé de Bogotá en cuanto negó la tutela interpuesta por VICTOR GARCIA ZORRO para erradicar un botadero de basura en la ciudad.
  3. Segundo. REVOCAR parcialmente la misma providencia en cuanto negó la tutela al mismo accionante en lo concerniente al derecho de petición.
  4. Tercero. CONCEDESE la tutela impetrada, tan sólo en lo que se refiere al derecho de petición.
  5. Cuarto. ORDENASE al Alcalde Menor de los Mártires que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, responda a VICTOR GARCIA ZORRO por escrito acerca del trámite dado a sus peticiones.
  6. Quinto. PREVIENESE al Comandante de la Policía Metropolitana, al Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá y al Gerente de la Empresa Distrital de Servicios Públicos, EDIS, sobre la urgente necesidad de ejercer sus competencias en relación con el triángulo existente en la Diagonal 24 entre la Calle 25 y la Avenida de las Américas de esta ciudad, a fin de velar por la salubridad y la seguridad públicas en el sector. Se ordena oficiarles en este sentido, remitiéndoles copia de esta providencia.
  7. Sexto. COMPULSENSE copias del expediente y de esta sentencia a la Procuraduría General de la Nación y a la Personería del Distrito Capital para lo de su cargo.
  8. Séptimo. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.