Micelio
Sentencia de Tutela9 de agosto de 1993

T-320 de 1993

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Jesus Guacari

Tema · dato duro
Derechos Colectivos. Tutela Contra Sentencias Judiciales. Coonseguridad. Concedida.
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar en todas sus partes la providencia proferida por el Juzgado Veinticinco Civil del Circuito de Santafe de Bogota, D.C., de fecha marzo veinticuatro (24) del presente ano, por la cual se denego la tutela incoada por el senor Jesus Guacari Orjuela y otros ciento treinta y un ciudadanos, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. Admitir, por ser procedente en los terminos de la parte motiva de esta providencia, la demanda de tutela presentada por el senor Jesus Guacari Orjuela y otros.
  3. TERCERO. Ordenar al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota, D.C., Sala Laboral, que dentro de los diez (10) dias senalados en el articulo 142 del Codigo Procesal del Trabajo, contados a partir de la comunicacion del presente fallo, proceda a dictar la providencia que reemplace al Laudo Arbitral de fecha quince (15) de julio de 1991, anulado por la Sentencia del veintiuno (21) de abril de mil novecientos noventa y dos (1992), de la que fue Ponente el Dr. Miller Esquivel Gaitan.
  4. CUARTO. Librense, por la Secretaria General de la Corte, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos que se contemplan alli y en el articulo 23 del mismo Decreto.
  5. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.