Micelio
Sentencia de Tutela11 de mayo de 2010

T-369 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Manuel Jose Rios Chavera·Demandado Instituto De Seguro Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Subsidiariedad Y Accion De Tutela
  • Caso en que el demandante puede acudir a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho
Pension De Vejez E Indemnizacion Sustitutiva
  • Caso en que el demandante solicitó esta última pero no la reclamó y siguió cotizando
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, seguridad social.

El accionante solicita el reconocimiento y pago de su pensión de vejez, por su parte la entidad accionada alega haberle reconocido la indemnización sustitutiva, pese a que el actor asegura haber renunciado a este derecho y haber tomado la determinación de seguir cotizando hasta cumplir con el número de semanas requeridas para acceder a la pensión.

La Sala estudia la improcedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de derechos pensionales, se concluye que el actor cuenta con otros mecanismos de defensa judicial idóneos para atacar los actos administrativos.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo de la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín del dieciocho (18) de noviembre de dos mil nueve (2009), que confirmó la sentencia del Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Medellín del cinco (5) de octubre de dos mil nueve (2009), mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por el señor Manuel José Ríos Chaverra contra el Instituto de Seguros Sociales en la cual solicitaba el reconocimiento de su derecho a la pensión de vejez.
  2. Segundo. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.