Micelio
Sentencia de Tutela4 de abril de 2005

T-321 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Vladimir Pettit Ramírez Vs. Das

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no afectación de derechos fundamentales
Debido Proceso Administrativo
  • Ingreso irregular de extranjero al país
  • Deportación
  • No vulneración por parte del DAS
  • Permanencia de extranjero en el país
Derechos De Extranjeros
  • Trato igual y protección a los derechos fundamentales
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso administrativo la libertad personal y la dignidad humana de ciudadano cubano deportado por su permananecia irregular en colombia.

Solicita a la entidad cumplir con la orden de deportación.

Procedencia de la accion de tutela.

Los derechos constitucionales de los extranjeros.

Asi se encuentren en condiciones de permanencia irregular las autoridades administrativas en ningun caso pueden desconocer la vigencia y alcance de los derechos fundamentales ni los inherentes a la persona humana.

El das realizo todos los procedimientos necesarios para materializar la deportación del ciudadano cubano por tal razon no existe vulneracion o amenaza a sus derechos fundamentales.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos ordenada mediante auto de 20 de mayo de 2004.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
  3. TERCERO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.