Sentencia de Tutela6 de mayo de 1999
T-315 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Nidia Margot Romero Bernal
✓
Tema · dato duro
Der. A La Seguridad Social Y A La Igualdad. Despido En Embarazo. Reintegro Al Cargo. Corporacion Las Villas. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
- Protección constitucional especial
Derecho Al Trabajo De Mujer Embarazada
- Despido en el transcurso del estado de gravidez
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, del 16 de diciembre de 1998 y, en segunda instancia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia del 16 de febrero de 1999 y, en su lugar Conceder el amparo de los derechos a la igualdad, al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada y al mínimo vital de la señora Nidia Margot Romero Bernal.
- Segundo. ORDENAR a la Corporación de Ahorro y Vivienda Las Villas reintegrar, en forma inmediata, a la accionante al cargo que venía desempeñando al momento del despido, sin perjuicio de las demás pretensiones laborales a que pueda tener derecho, las cuales serán definidas por la jurisdicción laboral.
- Tercero. LÍBRENSE por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-739/98Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Der. A La Estabilidad Laboral Y Al Minimo Vital. Despido De Trabajadora En Estado De Embarazo. Concedida.T-426/98Despido En Embarazo En Contrato A Termino Fijo. Necesidad De Probar La Comunicacion Oportuna Del Embarazo. Negada.T-373/98Ders. De La Mujer Embarazada. Insubsistencia De Directora De Establecimiento Carcelario. Falta De Prueba Para Demostrar El Embarazo. Negada.C-470/97C.S.T. Art. 239 Ord. 3. Proteccion De La Mujer Embarazada. Prohibicion De Despido Por Embarazo O Lactancia. Exequible.T-568/96No Pago De Incapacidades Medicas. Licencia De Maternidad. Tutela Se Interpone Un Año Despues. Medio De Defensa Judicial. Negada.
Citada por32
SU.075/18Cambio De Jurisprudencia En Materia De Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada Cuando No Se Demuestra Que Empleador Tuvo Conocimiento Del Estado De Gravidez Al Momento Del Despido.T-549/08Tutela de 2008T-513/08Tutela de 2008T-141/08Tutela de 2008T-1245/08Tutela de 2008T-1043/08
Ver las 32 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.