Sentencia de Tutela23 de abril de 2003
T-315 de 2003
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Carlos Andres Meneses Bolaños Vs. Fuerzas Militares Armada Nacional
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud E Integridad De Infante De Marina. Solicitud Atencion Medica Tratamiento Y Calificacion De Riesgo En Ojo Derecho. Obligatoriedad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud De Infante De Marina
- Atención médica por la Armada aunque ya no se encuentre prestando el servicio militar
- Determinación por la Armada sobre riesgo de infección por accidente sufrido durante el servicio
Servicio Militar
- Atención médica de quien adquiere enfermedad durante su prestación
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Por las razones expuestas, CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá el 20 de agosto de 2002 en el cual se negó que, dadas las circunstancias descritas en el fallo, el accionante tenga derecho a que se le practique algún procedimiento adicional a cargo de las Fuerzas Militares-Armada Nacional con el propósito de que pueda recobrar la visión.
- Segundo. Por las razones expuestas, REVOCAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá el 20 de agosto en el cual se negó que el accionante tenga derecho a que se le diagnostique si se encuentra en riesgo de contraer una infección o una úlcera trófica y a recibir la atención médica correspondiente en caso de que se confirme la existencia de dicho riesgo.
- Tercero. En su lugar, CONCEDER PARCIALMENTE la tutela de la referencia para amparar el derecho a la integridad física del actor y el derecho a la salud que se encuentra conexo con ésta.
- En consecuencia SE ORDENA a la Armada Nacional que, a petición del accionante, en el término de las 48 horas siguientes al momento en el que él así lo solicite y en atención a su lugar de domicilio, indique la autoridad médica encargada de calificar si corre el riesgo de contraer una infección o una úlcera trófica en su ojo derecho. En caso de que se confirme la existencia de dicho riesgo, SE ORDENA que se proceda a iniciar el tratamiento médico correspondiente según lo determine el médico tratante del servicio de salud de las Fuerzas Militares.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-824/02Derecho Al Debido Proceso Y Salud. Solicitud Servicios Medicos Por Afecciones Padecidas Antes De Ingresar O Producto De La Prestacion Del Servicio Militar. Practica De Examenes Medicos Serios Y Exhaustivos. Concedida.T-107/00Servicio Militar. Lesiones Adquiridas Cuando Se Encontraba Prestandolo. Problemas De Rodilla Y Columna. Concedida.T-393/99Der. A La Salud De Los Soldados Que Prestan El Servicio Militar Obligatorio. No Expedicion De Libreta Militar. Cuota De Compensacion Militar. Concedida.T-762/98Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Tratamiento Especial A Disminuidos Fisicos Y Psiquicos Que Han Prestado El Servicio Militar. Pension De Invalidez. Concedida.T-376/97Der. A La Vida Y A La Salud. Prestacion De Servicios Medicos Y Asistenciales A Reservista. Accidente Ocurrido Durante El Servicio Militar. Concedida
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.