Micelio
Sentencia de Tutela25 de marzo de 2004

T-297 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Monica Andrea Romo Lopez Y Otros Vs Universidad Cooperativa De Colombia Seccional Pasto Y Otras

Tema · dato duro
Derechos A La Educacion Trabajo Y Libertad De Escoger Profesion U Oficio. Solicitud Titulo De Abogado Sin Presentar Examenes Preparatorios. Fijacion Requisitos De Grado. Realizacion De Monografia O Judicatura. Autonomia Universitaria. Ley 552 De 1999.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Universidad
  • Fijación de exámenes preparatorios para obtener título de abogado
Abogado
  • Posibilidad de las universidades de exigir mayores requisitos para obtener el grado
Autonomía Universitaria
  • Definición de criterios y sistema de calificación de estudiantes
  • Exigencia de requisitos que garanticen la mejor calidad de educación
  • Libertad de exigir pruebas de conocimiento, preparatorios, cursos e idiomas
Derecho A La Educación
  • Implica el deber de cumplir los reglamentos educativos
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2º Penal del Circuito de Pasto del 1 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Mónica Romo López, Evelyn Rodríguez Guaismayan y Viviana Chamorro Rojas.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS los grados de abogadas de Mónica Romo López, Evelyn Rodríguez Guaismayan y Viviana Chamorro Rojas, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 1 de agosto de 2003 del Juzgado 2º Penal del Circuito de Pasto.
  3. TERCERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2º Penal del Circuito de Pasto del 25 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Jhony Ariel Carmona Burbano.
  4. CUARTO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Jhony Ariel Carmona Burbano, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 25 de agosto de 2003 del Juzgado 2º Penal del Circuito de Pasto.
  5. QUINTO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2º Penal del Circuito de Pasto del 22 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Javier Enríquez Zambrano.
  6. SEXTO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Javier Enríquez Zambrano, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 22 de agosto de 2003 del Juzgado 2º Penal del Circuito de Pasto.
  7. SÉPTIMO. REVOCAR la providencia del Juez 2º Penal del Circuito de Pasto del 25 de agosto de 2003 y, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Javier Rodríguez Rosales, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 25 de agosto de 2003 del Juzgado señalado.
  8. OCTAVO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 32 Penal Municipal de Cali del 12 de septiembre de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Francisco Certuche Quiguanas.
  9. NOVENO. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Francisco Certuche Quiguanas, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 12 de septiembre de 2003 del Juzgado 32 Penal Municipal de Cali.
  10. DÉCIMO. REVOCAR la sentencia del Juzgado 2º de Familia de Tunja del 29 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Audrey Nitola Viancha .
  11. DECIMOPRIMERO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogadas de Audrey Nitola Viancha , en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 29 de agosto de 2003 del Juzgado 2º de Familia de Tunja.
  12. DECIMOSEGUNDO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto del 8 de julio de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Oscar Coral Barahona.
  13. DECIMOTERCERO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Oscar Coral Barahona, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 8 de julio de 2003 del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto.
  14. DECIMOCUARTO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto del 24 de julio de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Janneth Rocio Santacruz y Milena Rosero Ortega.
  15. DECIMOQUINTO: DEJAR SIN EFECTOS los grados de abogadas de Janneth Rocio Santacruz y Milena Rosero Ortega, en caso de que se hayan otorgado en cumplimiento de la sentencia del 24 de julio de 2003 del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto.
  16. DECIMOSEXTO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto del 13 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Jorge Olmedo Arturo España .
  17. DECIMOSEPTIMO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Jorge Olmedo Arturo España, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 13 de agosto de 2003 del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto.
  18. DECIMOCTAVO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto del 5 de septiembre de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Nury Ortiz Benavides.
  19. DECIMONOVENO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogada de Nury Ortiz Benavides, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 5 de septiembre de 2003 del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto.
  20. VIGÉSIMOPRIMERO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto del 25 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Rafael Timana Rosero.
  21. VIGÉSIMOSEGUNDO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Rafael Tima Rosero, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 25 de agosto de 2003 del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto.
  22. VIGÉSIMOTERCERO: REVOCAR la sentencia del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto del 13 de agosto de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la educación, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio de Harold Pérez Segura .
  23. VIGÉSIMOCUARTO: DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado de Harold Pérez Segura, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 13 de agosto de 2003 del Juzgado 3º Penal del Circuito de Pasto.
  24. VIGÉSIMOQUINTO: Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, los juzgados de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.