Micelio
Sentencia de Tutela11 de abril de 2002

T-254 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Servando Cordoba Cordoba Vs. Consejo De Estado Seccion 5

Tema · dato duro
Derechos Al Trabajo Igualdad Y Debido Proceso. Acceso A Cargos Publicos.Edad De Retiro Forzoso. Conformacion Ejercicio Y Control Del Poder Politico. Via De Hecho Judicial. Alcalde De Vigia Del Fuerte. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Alcalde Municipal
  • Edad de sesenta y cinco años no constituye causal de retiro forzoso
Via De Hecho Judicial
  • Desconocimiento del ordenamiento jurídico y aplicación de disposición legal derogada
Accion De Tutela Transitoria
  • Existencia de perjuicio irremediable
Cargo Publico De Eleccion Popular
  • Edad de sesenta y cinco años no constituye causal de retiro forzoso
Derechos Fundamentales
  • Vulneración por tratamiento distinto dado a alcalde municipal
Edad De Retiro Forzoso
  • Renovación generacional
Derecho A La Igualdad
  • Tratamiento distinto dado a alcalde municipal
Derecho De Acceso Y Permanencia En Cargos Publicos
  • Ciudadanos no pueden ser discriminados por razón de la edad
Via De Hecho
  • Clases de defectos en la actuación
11 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 13 de Noviembre de 2001 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota.
  2. Segundo. CONCEDER como mecanismo transitorio la tutela de los derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, al trabajo, al acceso al desempeno de funciones y cargos publicos y a la igualdad.
  3. En consecuencia, ORDENAR la suspension de la ejecucion de la sentencia dictada el 7 de Septiembre de 2001 por la Seccion Quinta (5a) de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el proceso con Radicacion Interna No. 2585, adelantado en virtud de demanda del senor Jaminton Cuesta Dominguez, hasta cuando se resuelva el recurso extraordinario de suplica interpuesto contra dicha providencia por el senor Servando Cordoba Cordoba por intermedio de apoderado.
  4. Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.