Micelio
Sentencia de Tutela16 de abril de 1999

T-243 de 1999

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Carlos Ramiro Borja Avila

Tema · dato duro
Debido Proceso. Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Poderes Disciplinarios Del Juez. Pena De Arresto. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación
  • Prohibición de usar uniforme por unos días
Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Actividades fuera de la jornada escolar
Reglamento Educativo
  • Exigencia de reglas mínimas previstas expresamente
  • Imposición de sanción no consagrada expresamente
  • Racionalidad, razonabilidad y proporcionalidad en limitaciones a las libertades
  • Consagración expresa de obligaciones y facultades
  • Determinación de faltas y sanciones
  • Observancia por los estudiantes
  • Sujeción a la Constitución
Debido Proceso Disciplinario
  • Imposición de sanción a estudiante no consagrada en reglamento
7 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el numeral
  2. primero. de la parte resolutiva del fallo proferido por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia el
  3. primero. (1º) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999), el cual a su vez confirmó la decisión de la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior de Tunja, en cuanto denegó el amparo solicitado. En su lugar, conceder la tutela de los derechos al debido proceso y al libre desarrollo de la personalidad de la menor Angela Viviana Navas.
  4. Segundo. ORDENAR a la Directora del Colegio La Presentación de Tunja, revocar la sanción de matrícula condicional impuesta a la estudiante Angela Viviana Navas a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia. En todo caso, si las directivas del colegio pretenden imponerle a la menor dicha sanción, deberán hacerlo observando el debido proceso en los términos del manual de convivencia del colegio en mención.
  5. Tercero. CONFIRMAR el numeral
  6. segundo. de la parte resolutiva del fallo proferido por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia el
  7. primero. (1º) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999), en cuanto adicionó la sentencia de primera instancia en el sentido de prevenir a la rectora del Colegio de La Presentación de Tunja, para que en lo sucesivo se abstenga de imponer correctivos disciplinarios que no estén contemplados en la ley o en el respectivo Manual de Conviviencia, so pena de las sanciones de que trata el artículo 24 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Cuarto. LÍBRENSE por Secretaría General, las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.