Sentencia de Tutela21 de mayo de 1998
T-242 de 1998
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Gilberto Guzman Diaz
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Suspension De Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Medio De Defensa Judicial
- Pago de mesadas pensionales atrasadas
Cumplimiento Fallo De Tutela
- No pago de prestaciones sociales frente a prohibición de prisión por deudas
Derecho Al Minimo Vital De Persona De La Tercera Edad
- Pago oportuno de mesadas pensionales actuales y futuras
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia materia de revisión y en su lugar, tutelar los derechos a la vida y a la seguridad social de GILBERTO FRANCISCO GUZMAN DIAZ.
- Segundo. ORDENAR al Alcalde Municipal de Riohacha que, si aún no lo ha hecho, reanude el pago de las mesadas pensionales de GILBERTO FRANCISCO GUZMAN DIAZ en el termino máximo de 48 horas contados a partir de la notificación de la presente providencia, so pena de las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
- Tercero. ENVIAR copia del presente fallo a la Procuraduría General de la Nación para los efectos señalados en la parte motiva de esta sentencia.
- Cuarto. COMUNICAR la presente providencia al juzgador de primera instancia para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-160/97Der. A La Vida Y A La Seguridad Social De Las Personas De La Tercera Edad. Der. Al Minimo Vital. Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. Concedida.T-500/96Der. De Peticion. Pago De Mesadas Atrasadas De La Sustitucion Pensional. Caja De Prevision Distrital. Concedida.T-323/96Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Pensionales Causadas Durante El Concordato Preventivo. Tutela Transitoria. Concedida.T-212/96Der. A La Seguridad Social. Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Pago De Mesadas Atrasadas. Concedida.T-076/96Der. A La Seguridad Social. Pago Oportuno De Pensiones. Ifi. Concedida Parcialmente.T-156/95Pension De Jubilacion. Pago De Mesadas Atrasadas Y Cesantias Parciales. Concedida.
Ver las 8 →Citada por10
T-102/20Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud Vinculada Mediante Contrato De Obra O Labor Contratada.SU.005/18Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia De Pension De Sobrevivientes. Ajuste Jurisprudencial En Cuanto Al Alcance.T-112/12Tutela de 2012T-052/08Tutela de 2008T-487/05Tutela de 2005T-625/04Derechos A La Seguridad Social Vida Y Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Cumplimiento De Requisitos. Tiempo De Servicios Y Edad. 55 Años. Regimen De Transicion. Cotizacion Al Sector Publico Y Privado. Principio De Favorabilida
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.