Sentencia de Tutela18 de junio de 1993
T-231 de 1993
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Luis Alberto Rodriguez
✓
Tema · dato duro
Accion Popular.Derecho Al Ambiente Sano.Ducto De Aguas Lluvias. Agencia Oficiosa. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derechos Fundamentales
- Amenaza
- Vulneración
7 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Cúcuta -Sala de Decisión Penal-, por las razones expuestas en esta sentencia.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela por los motivos aqui señalados.
- TERCERO. ORDENAR a las Empresas Públicas de Cúcuta que en el término de treinta (30) días calendario, se inicien las obras tendientes al aseo, limpieza y mantenimiento del Canal Bogotá.
- CUARTO. SOLICITAR a la Procuraduría Regional de Norte de Santander tomar las providencias encaminadas para ORDENAR al señor Alcalde Metropolitano de la ciudad de Cúcuta que promueva una campaña educativa entre la ciudadanía que habita en cercanías del canal Bogotá, para que ésta colabore en el aseo y mantenimiento del lugar.
- QUINTO. COMISIONAR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta para que vigile el cumplimiento de esta sentencia y deberá informar a esta Sala de Revisión de la Corte Constitucional del desarrollo de los trabajos y la promoción de las campañas educativas.
- SEXTO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, ENVIAR copia de esta Sentencia al Tribunal Superior de Cúcuta -Sala de Decisión Penal-, a la Procuraduría Regional de Norte de Santander, al Alcalde Metropolitano de la Ciudad de Cúcuta, al Gerente de las Empresas Públicas de Cúcuta, al peticionario de la tutela, a Fundepúblico y al Defensor del Pueblo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por22
T-548/19Accion De Tutela Contra Orden De Desalojo Y Demolicion De Plaza De Mercado-Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa JudicialT-476/19Derechos Fundamentales Al Agua Potable, A La Salud Y A La Vida DignaT-196/19Accion De Tutela Para La Protección De Derechos Colectivos. Improcedencia Por Cuanto Existe La Acción Popular En Curso Respecto A La Proteccion Del Rio Pasto.T-390/18Deberes Y Competencias De Las Autoridades Municipales En Materia De Prevención Y Atención De Desastres.T-596/17Accion De Tutela Para La Proteccion De Derechos Colectivos. Improcedencia.T-475/17Derecho Fundamental Al Agua. Proteccion Constitucional.
Ver las 22 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.