Micelio
Sentencia de Tutela18 de junio de 1993

T-231 de 1993

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Luis Alberto Rodriguez

Tema · dato duro
Accion Popular.Derecho Al Ambiente Sano.Ducto De Aguas Lluvias. Agencia Oficiosa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Cúcuta -Sala de Decisión Penal-, por las razones expuestas en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. CONCEDER la tutela por los motivos aqui señalados.
  3. TERCERO. ORDENAR a las Empresas Públicas de Cúcuta que en el término de treinta (30) días calendario, se inicien las obras tendientes al aseo, limpieza y mantenimiento del Canal Bogotá.
  4. CUARTO. SOLICITAR a la Procuraduría Regional de Norte de Santander tomar las providencias encaminadas para ORDENAR al señor Alcalde Metropolitano de la ciudad de Cúcuta que promueva una campaña educativa entre la ciudadanía que habita en cercanías del canal Bogotá, para que ésta colabore en el aseo y mantenimiento del lugar.
  5. QUINTO. COMISIONAR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta para que vigile el cumplimiento de esta sentencia y deberá informar a esta Sala de Revisión de la Corte Constitucional del desarrollo de los trabajos y la promoción de las campañas educativas.
  6. SEXTO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, ENVIAR copia de esta Sentencia al Tribunal Superior de Cúcuta -Sala de Decisión Penal-, a la Procuraduría Regional de Norte de Santander, al Alcalde Metropolitano de la Ciudad de Cúcuta, al Gerente de las Empresas Públicas de Cúcuta, al peticionario de la tutela, a Fundepúblico y al Defensor del Pueblo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.