Micelio
Sentencia de Tutela17 de marzo de 2006

T-210 de 2006

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Maria Patricia Castaño Aristizabal Vs. Comfenalco

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Vulneración por cuanto EPS no respondió sobre licencia de maternidad
Juez De Tutela
  • Derechos no invocados
Licencia De Maternidad
  • Ampliación del término al primer año de vida del niño para presentar la tutela
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion y a la seguridad social en conexidad con el derecho al minimo vital de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle la licencia de maternidad.

Solicita se ordene el reconocimiento de la prestacion requerida.

Proteccionn constitucional de los derechos no invocados en la solicitud de tutela y principio de informalidad.

La falta de tecnica juridica en la solicitud no puede ser obstaculo para que el juez constitucional desentrañe el interes del peticionario y analice los hechos y las pruebas que surjan de la tramitacion de la accion.

Violacion del derecho fundamental de peticion.

El allanamiento a la mora y la procedencia excepcional del reconocimiento de la licencia de maternidad a traves de la accion de tutela en el presente caso.

A la accionante le asiste el derecho de gozar de la prestacion economica por licencia de maternidad sin que para este caso en concreto tenga relevancia el que su empleador haya cancelado de forma extemporanea los aportes al sistema de seguridad social en salud porque la eps se allano a la mora.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida en el asunto de la referencia por el Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario Antioquia. En consecuencia, se CONCEDE la tutela de los derechos fundamentales de petición y la seguridad social en conexidad con el derecho al mínimo vital.
  2. Segundo. ORDENAR al representante legal de la E.P.S. Comfenalco, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, proceda, si aún no lo hubiere hecho, a notificar la respuesta de la petición del 2 de agosto de 2005 formulada por la señora María Patricia Castaño Aristizábal. Dentro del mismo término, deberá reconocer y pagar la licencia de maternidad a la que tiene derecho la mencionada señora y su menor hijo.
  3. Tercero. Cumplidas las órdenes de protección constitucional indicadas, el representante legal de la E.P.S. Comfenalco deberá informar este hecho al Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario Antioquia, so pena de incurrir en desacato.
  4. Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.