Sentencia de Tutela19 de abril de 1994
T-190 de 1994
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Maria Margarita Marin
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra Particulares. Medio De Defensa Judicial. Padre Que Regresa A Su Casa A Molestar A Su Flia. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia
Accion De Tutela Contra Particulares
- Indefensión
4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (17 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado 22 Penal del Circuito de Cali del 1º de diciembre de 1993, la cual a su vez confirmó el fallo de primera instancia denegatorio de la tutela, proferido por el Juzgado 13 Penal Municipal de Cali, con fecha 19 de mayo de 1993, por las razones expuestas en la presente sentencia.
- SEGUNDO. Comunicar esta providencia al Juzgado 13 Penal Municipal de Cali para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, a la solicitante, al acusado y al Defensor del Pueblo.
- ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO
- Magistrado Ponente
- FABIO MORON DIAZ
- Magistrado
- VLADIMIRO NARANJO MESA.
- Magistrado
- 1 Corte Constitucional. Sala de Revisión Nº 7. Sentencia Nº T-507/93 del 5 de noviembre de 1993. Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero.
- 2 Corte Constitucional. Sala de Revisión Nº !. Sentencia Nº T-573/92 del 28 de octubre de 1992. Magistrado Ponente: Ciro Angarita Barón.
- 3 Corte Constitucional. Sala de Revisión Nº 9. Sentencia Nº T-225\93 del 15 de junio de 1993. Magistrado Ponente: Vladimiro Naranjo Mesa.
- 4 Sentencia Nº C-134 de 17 de mayo de 1994. Ponente Dr. Vladimiro Naranjo Mesa.
- 5 Ibidem
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-507/93Los Particulares En La Prestacion Del Servicio Publico De Correos. Derecho De Peticion. Servientrega. Concedida.T-225/93Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada.T-573/92Tutela Contra Particulares. Derecho A La Integridad Personal. Derecho A La Vida. Indefension.
Citada por26
T-564/17Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer EmbarazadaT-350/16Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada Con Contrato De Prestacion De Servicios.T-720/14Tutela de 2014T-581/14Tutela de 2014C-951/14Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental De PeticionT-416/13Tutela de 2013
Ver las 26 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.