Micelio
Sentencia de Tutela13 de marzo de 2014

T-150 de 2014

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Veronica Velez Osorio·Demandado Colpensiones Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Sobrevivientes A Estudiante Mayor De Edad
  • Orden de pagar las mesadas adeudadas junto con los intereses causados y realizar el pago de los aportes a salud, hasta tanto cumpla los 25 años de edad
Pension De Sobrevivientes
  • Colpensiones suspende pensión de sobrevivientes con el argumento de que se debía demostrar una intensidad académica no inferior a 20 horas semanales y además se suspende el aporte a las cotizaciones en salud
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se le endilga a COLPENSIONES la vulneración de derechos fundamentales, por suspender el pago de la pensión de sobrevivientes y el consecuente aporte a la seguridad social en salud, a una mujer menor de 25 años que a su vez es madre de una bebé de menos de un año de edad, bajo el argumento de no tener inscritas en la universidad al menos quince horas de intensidad académica a la semana, tal y como lo contempla la Ley 1574 de 2012.

La anterior situación generó que COOMEVA E.P.S. no le brindara la atención médica requerida.

Derecho a la seguridad social y a la sustitución pensional.

Requisitos para acceder y mantener la pensión de sobrevivientes cuando se es menor de 25 años y se tiene la calidad de estudiante.

Teniendo en cuenta que la aplicación taxativa del artículo 2º de la Ley 1574 de 2012 vulneró derechos fundamentales de la actora y de su hija, se decidió aplicar la excepción de inconstitucionalidad a esta norma y CONCEDER el amparo deprecado. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la providencia del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Segunda de Oralidad, del 11 de julio de 2013, que a su vez, revocó parcialmente la providencia del 27 de mayo de 2013 proferida por el Juzgado Veintinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín, y en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental la salud, seguridad social, mínimo vital y vida en condiciones dignas de la señora Verónica Vélez Osorio y de su hija Emma Vásquez Vélez.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Colpensiones, que en el término de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de esta sentencia, le pague a la señora Verónica Vélez Osorio las mesadas adeudadas junto con los intereses causados y proceda a realizar el pago de los aportes a salud, hasta tanto cumpla los 25 años de edad, siempre y cuando cumpla con los requisitos legales, en las condiciones expuesta en esta sentencia.
  3. TERCERO. ORDENAR a Coomeva EPS, que de manera inmediata afilie a la señora Verónica Vélez Osorio y de su hija Emma Vásquez Vélez y proceda a prestarles todos los servicios de salud requeridos.
  4. CUARTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.