Micelio
Sentencia de Tutela9 de mayo de 2023

T-146 de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Daza Martinez Edgar Enrique·Demandado Unidad Administrativa Especial Para La Atencion Y Reparacion A Las Victimas - Unidad De Victimas Y Otros

Tema · dato duro
Derecho De Petición Y Debido Proceso En El Reclutamiento E Incorporación Al Servicio Militar Obligatorio-Improcedencia Por Configurarse Cosa Juzgada Constitucional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Temeraria
  • Para que se configure temeridad debe evidenciarse la mala fe en el actuar del peticionario
Definición De La Situación Militar
  • Procedencia de la acción de tutela
Acción De Tutela
  • Presunción de veracidad de los hechos cuando autoridad no rinde informe
Cosa Juzgada Constitucional
  • Se configura cuando se presentan identidades procesales como objeto, causa petendi e identidad de partes
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor refirió que fue reclutado para prestar el servicio militar obligatorio, pero que decidió desertar por ser víctima del conflicto y estar su esposa en estado de gravidez.

Pese a los precitados motivos, fue capturado por el CTI y retenido durante tres meses, sin que le fuera entregada su libreta militar cuando cumplió con dicha sanción.

Además de lo anterior, cuestionó que le cobraran una multa para obtener el referido documento, el cual requiere para conseguir un empleo.

El peticionario también discutió la pasividad de la UARIV ante las diferentes solicitudes y trámites que inició ante esta entidad, respecto de las cuales no obtuvo respuesta o gestión alguna.

La Sala Quinta de Revisión verificó la ocurrencia de la cosa juzgada respecto de todas las pretensiones planteadas en la solicitud de amparo, en la medida en que constató que la justicia constitucional realizó un análisis de fondo sobre los mismos hechos narrados en esta oportunidad.

Con base en lo anterior, se declaró la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela deprecada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 9 de agosto de 2022 por el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo de Valledupar, y en su lugar declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela por la configuración de la cosa juzgada constitucional, conforme a las consideraciones expuestas en esta providencia.
  3. Segundo. LÍBRESE por la Secretaría General de esta Corporación, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos en él contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.