Sentencia de Tutela5 de octubre de 2000
T-1350 de 2000
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jhonny Manuel Quejada Y Otros Vs. Coomusetur
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Negativa De La Demandada Por Crisis Economica. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
Remuneracion Minima Vital Y Movil
- No debe limitarse protección a retribución mínima del trabajo
- Medición que no agota el concepto
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
- Fundamental
- Determinación de cantidades debidas y órdenes del juez
Salario
- Sumas que deben integrarse para efectos del significado y pago oportuno
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVÓCASE la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Turbo, Antioquia, dictada dentro del proceso de tutela instaurado por los señores JHONNY MANUEL QUEJADA y CESAR AUGUSTO VARGAS contra la Cooperativa Multiactiva de Servicios de Turbo -COOMUSETUR. En su lugar, CONCÉDASE el amparo solicitado al derecho al trabajo en condiciones dignas y justas, y el derecho al pago oportuno y completo de los salarios que suplen el mínimo vital de los accionantes.
- Segundo. En consecuencia, ORDÉNASE al señor JUAN BELLO SILGADO, en su calidad de Representante Legal de la Cooperativa Multiactiva de Servicios de Turbo -COOMUSETUR o a quien haga sus veces, que en el término de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificación de este fallo, que en ningún caso, podrá exceder el término perentorio de un mes, adopte los correctivos administrativos e implemente las medidas de organización que sean necesarias para establecer con exactitud el monto del valor adeudado a los trabajadores por concepto de salarios y prestaciones (i): y, adelante las gestiones que se requieran para asegurar los dineros que garanticen el pago oportuno de los salarios de las nóminas futuras (ii).
- Tercero. PREVENIR a la Cooperativa demandada para que se apreste a cumplir lo señalado en este fallo, so pena de incurrir en desacato, y para que, en lo sucesivo, no repita la omisión que dió origen a la presente acción.
- Cuarto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-620/00Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios Y Demas Acreencias Laborales. Concedida.T-425/00Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Hospital Departamental De Buenaventura. Concedida.T-335/00Derecho A La Igualdad Y Libre Asociacion Sindical. Nivelacion Salarial De Docentes. Hora Catedra Y Contrato Indefinido. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-308/99Der. Al Trabajo. Der. A La Seguridad Social. Minimo Vital. Pago De Salarios Y Mesadas Atrasadas. Universidad Del Valle. Concedida.T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.T-106/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Universidad Del Valle. Concedida.
Ver las 12 →Citada por3
T-1618/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Concedida.T-1594/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales Y Aportes A Salud. Subsidio Familiar Cuando Los Beneficiarios No Son Menores De Edad. Concedida.T-1584/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.