Micelio
Sentencia de Tutela29 de noviembre de 2001

T-1268 de 2001

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Gonzalo Perdomo Cabrera Vs. Unidad Administrativa Especial Aeronautica Civil De Colombia.·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derechos Al Debido Proceso Informacion Y Acceso A La Administracion De Justicia. Negativa De La Accionada A Expedir Copias Solicitadas. Acceso A Documentos Publicos Frente A Posibles Reservas. Limites A La Reserva. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Aeronautica Civil
  • Deber de suministrar información sobre accidente aéreo
Reglamento Aeronautico
  • Improcedencia de reserva sobre información de accidente aéreo
Documento Publico
  • Publicidad como regla general
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 12 de julio de 2001 por la Subsección D de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por la cual se denegó el amparo deprecado por Gonzalo Perdomo Cabrera.
  2. Segundo. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, que en el plazo de tres (3) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, suministre y entregue al señor Gonzalo Perdomo Cabrera la información y documentos que sean necesarios para promover, de acuerdo con la ley, las acciones judiciales a que haya lugar. Debiendo el actor sufragar el costo de las copias que lo justifiquen, según términos del artículo 17 de la ley 57 de 1985.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.