Micelio
Sentencia de Tutela11 de diciembre de 2003

T-1218 de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Alvaro Pastrana Guevara Vs. General Comandante De La Fuerza Aerea De Colombia

Tema · dato duro
Derechos Al Libre Desarrollo De La Personalidad Libertad De Escoger Profesion U Oficio Y Al Trabajo De Miembro De Fuerza Militar. Solicitud De Conceder Retiro De Persona En Carrera Militar. Limitaciones A Libertad De Profesion U Oficio. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Libertad De Escoger Profesion U Oficio
  • Restricción al optar por la Carrera Militar
  • Restricción
Retiro De La Fuerza Aerea Colombiana
  • No aceptación del retiro inmediato debe acreditarse de manera cierta por quien la invoca
Retiro De Suboficial De La Fuerza Aerea Colombiana
  • Insuficiencia de material probatorio que demuestre la necesidad de prolongar permanencia
Personal Militar
  • Retiro voluntario del servicio
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Sexta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, en el trámite de la presente acción de tutela. En su lugar CONCEDER la protección de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de escoger profesión u oficio y al trabajo del señora Álvaro Pastrana Guevara.
  2. Segundo. ORDENAR al Comandante de la Fuerza Aérea de Colombia- Comando Fuerza Aérea Bogotá que autorice y haga efectivo el retiro del suboficial Álvaro Pastrana Guevara en un término que no podrá ser superior a tres (3) meses, contados a partir de la notificación de esta sentencia.
  3. Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se de cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.