Micelio
Sentencia de Tutela15 de diciembre de 2022

T-460 de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Ávila Vargas Daniela Yurley·Demandado Fuerza Aérea Colombiana Y Otros

Tema · dato duro
Derecho A La Libre Escogencia De Profesión U Oficio Y Libre Desarrollo De La Personalidad-Retiro Voluntario De Miembros De Las Fuerzas Militares.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se alega que la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) vulneró derechos fundamentales de la actora al denegarle la desvinculación voluntaria en la fecha pretendida por ella y hacerlo once meses después, a pesar de que había alegado que había perdido la vocación castrense y que permanecer en la entidad le generaba estrés laboral.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

El alcance de los derechos a la libertad de expresión y libertada de escoger profesión u oficio y sus limitaciones respecto de miembros de las Fuerzas Militares y, 2º.

El derecho al debido proceso en el marco de las solicitudes de retiro voluntario de los miembros de las fuerzas castrenses.

La Corte encontró suficientes y justificadas las razones para determinar la permanencia por once meses más de la accionante en la FAC, pues se acreditó un impacto en el servicio, atendiendo la función de control de tráfico aéreo desempeñado por la peticionaria y un déficit de personal sustancial que afectaría el correcto funcionamiento de la entidad en la zona oriental del país.

Por lo anterior, concluyó que la determinación de la accionada no se basó en un ejercicio desbordado de sus facultades y, por el contrario, encontró su intención de compatibilizar el deseo de la tutelante con la exigencia de grado legal que busca que no afectar el servicio.

Teniendo en cuenta que, entre la interposición de la acción de tutela y el momento de la presente sentencia cambiaron las condiciones fácticas del caso, se declaró la carencia actual de objeto por configurarse una SITUACIÓN SOBREVINIENTE, en la medida en que la peticionaria trabajó en la institución hasta el mes de febrero de 2022.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo de segunda instancia proferido el 21 de abril del 2021 por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, por medio del cual se revocó el fallo de primera instancia, proferido el 16 de marzo de 2021, por el Juzgado 16 Civil del Circuito de Bogotá; y en su lugar, DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por configurarse una situación sobreviniente, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.