Micelio
Sentencia de Tutela14 de septiembre de 2000

T-1206 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Luis Rangel Melendez Y Otros Vs. Departamento De Bolivar Y Otros.

Tema · dato duro
Pago De Acreencias Laborales. Procedencia Excepcional De La Tutela Para El Pago De Salarios. Minimo Vital. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de salarios
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena, el 24 de marzo de 2000 y, por el Juzgado 7º Laboral del Circuito de Cartagena, el 14 de febrero de 2000, dentro del expediente de tutela T-318.929. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al pago oportuno del salario del señor Luis Rangel Méndez.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado 1º Laboral del Circuito de Tunja, el 30 de marzo de 2000, dentro del expediente de tutela T-319.815. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al pago oportuno del salario del señor Marcos Mauricio Castro Hernández.
  3. Tercero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Civil del Circuito de San Andrés y Providencia y por el Juzgado 2º Promiscuo Municipal de esa misma ciudad, el 4 de abril y 8 de marzo de 2000, respectivamente, dentro del expediente de tutela T-320.163. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al pago oportuno del salario del señor Leoncio Newball Bowie.
  4. Cuarto. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Talalgua Nuevo (Bolívar), el 3 de abril de 2000, dentro del expediente de tutela T-320.502. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al pago oportuno del salario del señor Ledys del Carmen Torres Pérez.
  5. Quinto. ORDENAR a las entidades territoriales accionadas que procedan a cancelar los salarios atrasados de los actores -si todavía no lo hubieren hecho- siempre y cuando exista partida presupuestal disponible, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo. En caso de que no exista la respectiva partida, deberán realizar las operaciones presupuestales para garantizar el pago de los salarios debidos. Dichas gestiones no podrán exceder el término perentorio de dos meses.
  6. Sexto. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.