Sentencia de Tutela29 de octubre de 2003
T-1010 de 2003
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Pedro Gonzalez Salinas Vs. Ejercito Nacional
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Solicitud Atencion Medica Despues Del Desacuartelamiento Por Enfermedad Mental. Prestacion Del Servicio Militar Obligatorio. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Autoridades Militares
- Atención médica a soldado que presta el servicio militar
- Evaluación médica rigurosa a los ciudadanos que van a prestar el servicio militar
Servicio Militar
- Atención médica de quien adquiere enfermedad durante su prestación
Antecedentes Jurisprudenciales
- Atención médica de soldado que presta servicio militar
Ejercito Nacional
- Prestación del servicio médico al actor para lograr la recuperación psicológica
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Revocar el fallo proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja el 20 de mayo de 2003, dentro del proceso de tutela instaurado por Pedro Gonzalez Salinas contra el Ejercito Nacional, y en su lugar conceder la proteccion del derecho a la salud.
- Segundo. Ordenar al Ejercito Nacional que a traves de su Direccion de Sanidad o de la Dependencia que haga sus veces, para que dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion del presente fallo, inicie la prestacion del servicio medico, quirurgico, hospitalario y farmaceutico que requiere el Senor Pedro Gonzalez Salinas con el fin de lograr la recuperacion psicologica que el mismo necesita para superar la afeccion mental que padece conforme a los examenes y dictamen profesional que obran en el expediente.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-824/02Derecho Al Debido Proceso Y Salud. Solicitud Servicios Medicos Por Afecciones Padecidas Antes De Ingresar O Producto De La Prestacion Del Servicio Militar. Practica De Examenes Medicos Serios Y Exhaustivos. Concedida.T-1177/00Derecho A La Salud. Prestacion De Servicios Medicos Quirurgicos Hospitalarios Y Farmaceuticos Para La Rehabilitacion De Lesiones Sufridas Por Causa Y Razon De La Prestacion Del Servicio Militar. . Concedida.T-393/99Der. A La Salud De Los Soldados Que Prestan El Servicio Militar Obligatorio. No Expedicion De Libreta Militar. Cuota De Compensacion Militar. Concedida.T-762/98Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Tratamiento Especial A Disminuidos Fisicos Y Psiquicos Que Han Prestado El Servicio Militar. Pension De Invalidez. Concedida.T-376/97Der. A La Vida Y A La Salud. Prestacion De Servicios Medicos Y Asistenciales A Reservista. Accidente Ocurrido Durante El Servicio Militar. ConcedidaT-534/92Derecho A La Salud. Servicio Militar. Derecho A La Seguridad Social. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.