Sentencia de Tutela28 de febrero de 1995
T-079 de 1995
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Cesar Lozada Y Otro
✓
Tema · dato duro
A Trabajo Igual Salario Igual. Via Adecuada Para Reclamar La Nivelacion Salarial. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Principios Y Valores Constitucionales
- Aplicación inmediata
Salario
- Nivelación
Principio A Trabajo Igual Salario Igual
- Término de comparación
Principio De Igualdad En La Aplicacion De Normas Laborales
- Carga de la prueba
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias del Juzgado
- Octavo. Laboral de Santafe de Bogota , (9 de septiembre de 1994) y Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota (3 de octubre de 1994) dentro de la accion de tutela instaurada por Cesar Augusto Lozada Latorre, pero, por las razones expuestas en el presente fallo.
- SEGUNDO. CONFIRMAR las sentencias del Juzgado
- Tercero. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota (7 de octubre de 1994) dentro de la accion de tutela instaurada por Jose Ignacio Contreras Ballen, pero por las razones expuestas en el presente falllo.
- TERCERO. Comuniquese a los petentes, al representante legal de la Caja de Compensacion Familiar CAFAM.
- CUARTO. Enviesele copia a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santafe de Bogota, al Ministerio de Trabajo y al Defensor del Pueblo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-525/94Der. Al Trabajo. Der. A La Igualdad. Examen De Expedientes Judiciales. Abogada Invidente. Concedida.T-230/94Ders. Sindicales. Coopfebor. Discriminacion En Las Relaciones Laborales. Der. A La Igualdad. Concedida.C-071/93Dec. 010/92. Art 17 Lit B. Derecho A La Igualdad. Requisitos Para La Carrera Diplomatica Y Consular. Edad. Inexequible.T-422/92Concurso De Meritos. Igualdad Ante La Ley. Igualdad De Oportunidades. Concedida.C-479/92Ley 60/92 Art. 2. . Retiro Del Servicio De Funcionarios Publicos. Preambulo De La C.N. Carrera Admin. Exequible . Dec. 1660/91. Inexequible.
Citada por61
T-222/17Derecho Estabilidad Laboral Reforzada De La Mujer Embarazada,T-369/16Derecho A La Igualdad. Principio A Trabajo Igual, Salario Igual. Procedencia De La Accion De Tutela Para Nivelacion Salarial.T-406/14Tutela de 2014T-182/14Tutela de 2014SU.771/14Unificación de 2014T-931/13Tutela de 2013
Ver las 61 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.