Sentencia de Tutela23 de febrero de 1995
T-074 de 1995
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Jose Manuel Cruz Aguirre
✓
Tema · dato duro
Medios De Comunicacion. Rectificacion De Informacion. Der. Al Buen Nombre. Revista Semana. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Antecedentes Penales
- Improcedencia de su publicación
Medios De Comunicación
- Responsabilidad por informaciones sin autor conocido
Rectificacion De Informacion
- Naturaleza
- Oportunidad
9 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la Sentencia proferida el 28 de septiembre de 1994 por el Juzgado Treinta y Dos Penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá, D.C., al resolver sobre la acción de tutela instaurada por JOSE MANUEL CRUZ AGUIRRE.
- Segundo. ADICIONASE la providencia confirmada en el sentido de ORDENAR a la revista "Semana" que, en la edición siguiente a la notificación del presente fallo, publique, con la misma importancia y despliegue de la información inicial, una rectificación suya en el sentido de que el peticionario, según la certificación del Ministerio de Justicia y del Derecho, no ha sido solicitado en extradición por parte de ningún país.
- Tercero. Por el exacto cumplimiento de este fallo responderá el Director de la revista "Semana", doctor Mauricio Vargas Linares.
- Cuarto. Se confía la vigilancia sobre la ejecución de lo ordenado en esta Sentencia al Juez 32 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá.
- Quinto. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por54
T-561/23Derechos Al Buen Nombre, A La Honra, Habeas Data, Intimidad, Vida Digna Y A La Propia Imagen Frente A La Libertad De Expresión-Réplica Y Difusión No Consentida De Imágenes Y Mensajes En Redes Sociales.T-452/22Libertad De Expresión Y Prensa Frente A Los Derechos A La Honra, Buen Nombre Y Presunción De Inocencia-Discurso De Género, Escrache Y Periodismo Feminista Sobre Violencia Sexual.T-203/22Derecho Al Buen Nombre Y A La Honra De Fundación Para La Libertad De Prensa Defensora De Derechos Humanos.Vulneracion Por Trinos En Red Social TwitterT-028/22Derecho A La Libertad De Prensa Frente Al Derecho Al Buen Nombre. Parametros Constitucionales Para Su PonderacionT-004/22Limites De La Libertad De Expresion Frente Al Derecho Al Buen Nombre Y A La HonraC-135/21Indemnización Por Daño Causado Por Divulgación De Conocimiento Mediante Imprenta, Radiodifusión O Cinematográfico.
Ver las 54 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.