Micelio
Sentencia de Tutela31 de enero de 2008

T-071 de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Administracion Publica Cooperativa De Municipios Del Caribe -Coopcaribe-·Demandado Municipio De Galeras, Sucre.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para El Pago De Acreencias Contractuales Dentro De Un Proceso De Reestructuracion Economica
  • Se trata de una persona jurídica de los cuales no se predica afectación del mínimo vital ni la salud
  • Improcedencia por cuanto no se demostró la existencia de un perjuicio irremediable
Ley 550 De 1999
  • Competencia para solucionar controversias derivadas de la terminación de los acuerdos de reestructuración
  • Efectos del acuerdo de reestructuración
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional para el pago de acreencias contractuales dentro de los procesos de reestructuración económica
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la igualdad de cooperativa a quien el municipio de galeras, actualmente en proceso de reestructuracion de pasivos, le adeuda 159 millones de pesos, los cuales no han sido cancelados pese a que si pago otros creditos de igual naturaleza que se encontraban en el mismo orden de prelacion.<br>solicita el pago de la suma dineraria adeudada.<br>procedencia excepcional de la accion de tutela para el pago de acreencias contractuales dentro de los procesos de reestructuracion economica.

Solucion de controversias en la ley 550 de 1999.<br>esta corte estima que existen otras vias judiciales para satisfacer la pretensiones expuesta en sede de tutela.<br>negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el veintidós (22) de julio de 2007 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé, que a su vez revocaba el proferido el siete (7) de mayo de 2007 por el Juzgado Promiscuo del Municipio de Galeras, y en consecuencia declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.