Micelio
Sentencia de Unificación26 de octubre de 2017Sala Plena

SU- de 2017

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Sociedad Representaciones Santa Maria S En C·Demandado Tribunal De Arbitramento De La Camara De Comercio De Bogota

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Tribunal De Arbitramento. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditar Perjuicio Irremediable.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Tribunal De Arbitramento
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse un perjuicio irremediable
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Sociedad accionante considera que el Tribunal de Arbitramento demandado vulneró su derecho fundamental al debido proceso, al asumir competencia para dirimir un conflicto en relación con un inmueble que, en calidad de arrendataria, tenía la sociedad ExxonMobil de Colombia S.A..

Lo anterior por no tener en consideración que en dicho asunto ya existía un acta de conciliación previamente celebrada entre las partes, lo que configuraba el fenómeno de la cosa juzgada.

La Corte advierte que la acción de tutela resulta IMPROCEDENTE por incumplimiento del requisito de subsidiariedad, en tanto no se agotó el mecanismo judicial que resultaba idóneo, esto es, el recurso de anulación, al igual que por no acreditarse la existencia de un perjuicio irremediable.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR por las razones expuestas en esta providencia los fallos de tutela dictados en primera instancia por el Juzgado Treinta y Tres Civil Municipal de Bogota el veintidos (22) de junio de dos mil doce (2012) y, en segunda instancia por el Juzgado Treinta y Siete Civil del Circuito de Bogota el ocho (08) de agosto de dos mil doce (2012), y en su lugar DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela interpuesta por la Sociedad Representaciones Santa Maria S.A contra el Tribunal de Arbitramento de la Camara de Comercio de Bogota, integrado por los arbitros Isaac Devis Granados, Fernando Sarmiento Cifuentes y Antonio Jose Nunez.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota, se pronuncie de fondo respecto al recurso de anulacion interpuesto por la Sociedad Representaciones Santa Maria contra el laudo arbitral del 16 de julio de 2012, proferido por el Tribunal de Arbitramento de la Camara de Comercio de Bogota, integrado por los arbitros Isaac Devis Granados, Fernando Sarmiento Cifuentes y Antonio Jose Nunez; advirtiendose a las partes que proferida una decision, contra ella podran interponerse todos los recursos judiciales ordinarios y extraordinarios que procedan.
  3. TERCERO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes -a traves del Juez de tutela de primera instancia-, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.