Micelio
Sentencia de Tutela2 de febrero de 2006

T-054 de 2006

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Sindicato De Trabajadores De Textiles Konkorda. Sintratexkon Vs. Textiles Konkord S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Asociación Sindical
  • Vulneración
  • Desconocimiento por despido colectivo de trabajadores
  • Fundamental
  • Reintegro al cargo
Fuero Sindical
  • Garantía para la asociación y libertad sindical
Legitimacion Por Activa Del Sindicato
  • Representación de asociados
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la asociacion sindical el fuero sindical al trabajo y al minimo vital de trabajadores fundadores afiliados al sindicato a quienes les fue dado por terminado sus contratos de trabajo por su participación en la fundación del sindicato habiéndose dado una justificación que no corresponde con la realidad.

Solicita se ordene el reintegro de los trabajadores despedidos.

Legitimación de la parte actora.

Vulneración del derecho de asociación.

El fuero sindical como una garantia a los derechos de asociación y libertad sindical.

Una cosa es el nacimiento como tal del sindicato y la adquisición automática de su personería jurídica y otra el momento de la inscripción ante las autoridades correspondientes pues como lo ha señalado esta corporación son momentos distintos con consecuencias diferentes.

En efecto según lo dispone el artículo 44 de la ley 50 de 1990 la organización sindical adquiere personería jurídica "por el sólo hecho de su fundación y a partir de la asamblea constitutiva" pero para poder actuar frente a terceros debe ser inscrita en el registro sindical del ministerio de la protección social pues esa inscripción cumple tres propósitos fundamentales a saber: La publicidad la seguridad y la prueba.

Se concluye sin lugar a dudas que el derecho de asociación sindical de los trabajadores demandantes a través de su representante legal ha sido vulnerado por la entidad accionada.

Concedidanota de relatoria: Esta sentencia t-054 de 2006 fue adicionada mediante auto 093 de 2006

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta Penal del Circuito de Bogotá, D.C., el 23 de agosto de 2005, en la acción de tutela instaurada por Héctor Manuel López como representante legal del Sindicato de Trabajadores de Textiles Konkord S.A. "SINTRATEXKON" contra la empresa Textiles Konkord S.A..
  2. Segundo. ORDENAR a Textiles Konkord S.A. o a quien haga sus veces, que a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda al reintegro en cargos de igual o superior categoría a los que venían desempeñando cuando se produjo la terminación unilateral del contrato de trabajo, a Nelson Lizarazo Ravelo, Plinio José Camargo Martínez, Gerardo Toledo Ostios, José Obed Rendón González, Humberto Sosa Díaz, Jhon Wilman Alvarado Caminos, John Jairo Arboleda Villegas, Juan Genaro Laurens Romero, Arnulfo Caviedes Moreno, Clara Susana Parra Zambrano, Oscar Mauricio Gómez Cuervo, José Danilo Cagua Garzón, Héctor Manuel López, José del Carmen Jiménez Suspes, Angel Ovidio Daza, Fabio Ariza Duarte, Pedro Alejo Soche Arévalo y Fabio Jara Cortes.
  3. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.