Micelio
Sentencia de Tutela25 de enero de 2013

T-024 de 2013

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Ana Maria Payares Mendoza·Demandado Humana Vivir E.P.S. Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Vulneración por Humana Vivir al imponer barreras administrativas para la realización de exámenes para determinar si requiere cirugía ocular
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud.

En el presente caso se interpone la acción de tutela en contra de Humana Vivir E.P.S., la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá y el FOSYGA, alegando vulneración de derechos fundamentales con el hecho de no autorizarle al accionante un tratamiento quirúrgico que requiere para corregir las secuelas de un accidente de tránsito que le generaron pérdida de la visión por su ojo izquierdo.

El médico tratante adscrito a la E.P.S. le prescribió una valoración con cirujano de estrabismo y esta evaluación , luego de haber transcurrido más de quince meses, no se practicó, bajo el argumento de no existir convenios vigentes con una IPS que suministre ese tipo de servicios.

La Sala de Revisión considera que la accionada vulneró el derecho fundamental a la salud de la actora, al imponerle barreras administrativas que impiden que reciba los servicios de salud requeridos para el tratamiento de su enfermedad.

Se CONCEDE el amparo y se ordena a la E.P.S. demandada programar y fijar fecha para la realización de la valoración de la actora por parte de un especialista en oculoplastia por estrabologia y, en el evento de que el médico determine que se requiere de una cirugía ocular para el tratamiento efectivo de la enfermedad, proceder a programar la práctica de la misma. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogota el 18 de julio de 2012, que confirmo la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Uno Civil Municipal de Bogota el 4 de junio de 2012, y en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la salud de la senora Ana Maria Payares Mendoza.
  2. Segundo. ORDENAR a Humana Vivir EPS que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este sentencia, programe y fije fecha para la realizacion de la valoracion de la actora por parte de un especialista en oculoplastia por estrabologia, servicio autorizado desde el 29 de marzo de 2012, el cual debera ser realizado dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de esta providencia.
  3. Tercero. En el evento en que el medico tratante determine que la actora requiere de una cirugia ocular para el tratamiento efectivo de su enfermedad, la EPS Humana Vivir debera programar la practica de dicha cirugia en un lapso de tiempo que no podra ser superior a un (1) mes, contado a partir de la notificacion de esta sentencia.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.