T-017 de 2006
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Aida Luz Najera De Falla Vs. Caja De Previsión De La Universidad De Cartagena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
- Requisitos para ordenar servicios médicos o medicamentos excluidos del POS
- No se demostró la incapacidad económica de la peticionaria para suministro de medicamentos excluidos del POS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la salud la integridad física y la seguridad social de pensionada de la universidad por la decisión de la entidad de cubrir tan solo el cincuenta por ciento (50) del valor del medicamento no pos ordenado por su medico tratante para detener el avance de la osteoporosis y la osteopenia que padece.
Solicita se ordene el cubrimiento del valor total del medicamento formulado.
Al revisar la descripción presentada en este proceso de los ingresos y gastos de la señora aida luz najera se concluye que sus ingresos mensuales son suficientes - sin que se haya desvirtuado ello por la actora y sin que ello signifique que en el futuro su situación económica pueda cambiar ?
Para poder cubrir el 50% del costo del medicamento ordenado por el médico tratante.
En ningún caso esta erogación está llevando a la accionante a una situación que imposibilite su subsistencia digna.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el El Tribunal Superior del Distrito judicial de Cartagena, en sentencia de octubre 7 de 2005 y denegar el amparo solicitado.
- Segundo. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, ademas de remitir copia de la sentencia al Ministerio de la Proteccion Social.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.