Sentencia de Unificación7 de diciembre de 1995Sala Plena
SU- de 1995
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Carlos Arturo Jimenez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Convencion Colectiva. Sindicatos. Aumento De Salarios. Avianca. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Conflicto Laboral
- Improcedencia de tutela
Derecho A La Igualdad
- Discriminación salarial y prestacional
Accion De Tutela Contra Avianca
- Nivelación salarial
Cosa Juzgada
- Desconocimiento de sentencia
Derecho De Negociacion Colectiva
- Libertad
Derecho De Asociación Sindical
- Libertad
- Vulneración por estimular deserción
Medio De Defensa Judicial
- Discriminación salarial y prestacional
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, en segunda instancia y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, Sala Laboral, en primera instancia, dentro de las acciones de tutela instauradas por Carlos Arturo Jiménez Forero, Diego Alonso Briceño Londoño, Mario Eduardo Méndez Bautista, Víctor Gabriel Ortíz Orjuela, Luis Ernesto Cárdenas Escamilla, Carlos Julio Páez Pérez, Parmenio Vargas López, Carlos Alberto Clavijo Baquero y Luis Fernando Cardozo Paz.
- SEGUNDO. CONCEDER, en cada uno de los casos, la tutela impetrada. En consecuencia, la empresa AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA -AVIANCA S.A.- procederá, en el improrrogable término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, a efectuar los aumentos salariales a Carlos Arturo Jiménez Forero, Diego Alonso Briceño Londoño, Mario Eduardo Méndez Bautista, Víctor Gabriel Ortíz Orjuela, Luis Ernesto Cárdenas Escamilla, Carlos Julio Páez Pérez, Parmenio Vargas López, Carlos Alberto Clavijo Baquero y Luís Fernando Cardozo Paz, en la misma forma en que aparecen establecidos en la convención colectiva de fecha
- primero. (1) de diciembre de 1994, sin que para ello sea necesario que renuncien a la organización sindical de la cual son miembros.
- TERCERO. LIBRENSE, por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Fabio Morón Díaz
Ponente
Alejandro Martínez Caballero
Magistrado
Antonio Barrera Carbonell
Magistrado
Carlos Gaviria Díaz
Magistrado
Eduardo Cifuentes Muñoz
Magistrado
Hernando Herrera Vergara
Magistrado
Jorge Arango Mejía
Magistrado
José Gregorio Hernández Galindo
Presidente
Vladimiro Naranjo Mesa
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
T-143/95A Trabajo Igual Salario Igual. Sindicato De Cofre S.A. Aumento De Salario Solo Para Personal No Sindicalizado. Concedida. Ver Autos 028/95 Y 034/95T-136/95Der. De Asociacion Sindical. Der. A La Igualdad. Ders. Colectivos. Aumento De Salario Solo Para Trabajadores No Sindicalizados. Coopfebor. Negada.T-102/95A Trabajo Igual Salario Igual. Equilibrio Entre El Salario Y La Prestacion Del Servicio. Concedida.T-079/95A Trabajo Igual Salario Igual. Via Adecuada Para Reclamar La Nivelacion Salarial. Negada.T-230/94Ders. Sindicales. Coopfebor. Discriminacion En Las Relaciones Laborales. Der. A La Igualdad. Concedida.C-531/93Dec. 2591/91. Art. 6 Inc. 2 Num. 1. Perjuicio Irremediable. Inexequible.
Ver las 7 →Citada por10
T-509/19Derecho De Asociacion Sindical No Se Vulnera Por Cuanto No Se Probo Que Facultades Del Ius Variandi Se Utilizaron Como Mecanismo De Persecusión Sindical.T-369/16Derecho A La Igualdad. Principio A Trabajo Igual, Salario Igual. Procedencia De La Accion De Tutela Para Nivelacion Salarial.C-911/12Fijacion De Salario Que Modifica Automaticamente La Estipulacion Contractual Que Prevea Un Salario Inferior. Inexistencia De Omisión Legislativa RelativaT-1003/10Tutela de 2010T-149/08Tutela de 2008T-545A/07Tutela de 2007
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.