Sentencia de Unificación8 de julio de 1998Sala Plena
SU- de 1998
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Procurador General De La Nacion
✓
Tema · dato duro
Autoridad Competente Para Investigar Disciplinariamente A Los Funcionarios Judiciales. Reivindicacion De Competencia Corresponde A La Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Procuraduría General De La Nación
- Presentación de tutela en defensa de derechos fundamentales de la comunidad
- Reivindicación de competencia
- Sujeto activo de tutela
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior O Seccional De La Judicatura
- Competencia sobre funcionarios judiciales
Competencia A Prevencion En Investigacion Disciplinaria
- Alcance y determinación respecto de funcionarios judiciales
Derechos Fundamentales
- No lo constituye la reivindicación de una competencia asignada por la Constitución
Jurisprudencia Constitucional
- Evolución
Poder Disciplinario Preferente De La Procuraduria General De La Nacion
- Caso en que opera sobre funcionarios judiciales
Ramas Del Poder Publico
- Reivindicación de competencia constitucional no equivale a defensa de un derecho fundamental
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas, el fallo de tutela dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el dia 9 de octubre de 1997.
- Segundo. Librense por Secretaria las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónEduardo Cifuentes MuñozTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a9
C-447/97Dec. 1228/95. Art. 11 Parcial. Federaciones Deportivas. Demanda Materialmente Inepta. Sentencia Inhibitoria.SU.637/96Via De Hecho Contra Sentencia Del Consejo Superior De La Judicatura. Aplicacion Del Dec. 1888/89 Derogado Por La Ley 200/95. Concedida.C-280/96Ley 200/95. Arts. 202225272931324143526166737982110115 116 Y 177 Parciales. Exequibles E Inexequibles.C-244/96Ley 200/95. Codigo Unico Disciplinario. Varios Arts. Exequibles Salvo El Paragrafo 1 Del Art. 34.C-037/96Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles.T-049/95Seguridad Social Y Proteccion Al Menor. Humanizacion De Los Hospicios. Sibate. Beneficencia. Concedida.
Ver las 9 →Citada por5
SU.712/13Unificación de 2013T-350/11Tutela de 2011C-037/03Ley 734 De 2002. Arts. 3 17 46 53 93 143 160 Y 165 (Ps.). Codigo Disciplinario Unico. Ley 270 De 1996. Art. 115 (P.) Estatutaria De La Administracion De Justicia. Principios Rectores De La Ley Disciplinaria. Poder Preferente. Derecho De Defensa. CalificacC-948/02Prescripcion De Accion Disciplinaria. Término Diferente Entre Particular Que Ejerce Función Pública Y Servidor PúblicoC-1076/02Suspension Provisional Del Cargo En Materia Disciplinaria. Efectos Que Vulneran Irretroactividad De Sanciones
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.