C-858 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reivindicaciones perseguibles por la huelga de acuerdo con los principios establecidos por la OIT
- Núcleo esencial
- Legitimidad
- Connotaciones básicas de su consagración como garantía constitucional
- Titularidad
- Distinción
- Equilibrio de cargas
- Límites
- Consecuencias de su institucionalización en la Carta Política
- Fines económicos, profesionales y los relacionados con políticas sociales, económicas y sectoriales que incidan en el ejercicio de la actividad, ocupación, oficio o profesión se avienen a la garantía constitucional
- Reivindicaciones perseguibles de acuerdo con los principios establecidos por la OIT
- Concepto
- Elementos que la caracterizan
- No es susceptible de garantía constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Código sustantivo del trabajo, artículo 429 y 459 (parcial), que define aspectos relativos al derecho de huelga.
Se acusan las expresiones: “con fines económicos y profesionales propuestos a sus patronos” y “cuando persiga fines distintos de los profesionales o económicos”. <br>al respecto la sala sostuvo que, de incluirse dentro de este criterio manifestaciones netamente políticas, no se estaría propendiendo por el alcance de la finalidad propia de la misma, es decir, el logro de reivindicaciones laborales.
Sin embargo, ello no implica que deba hacerse una interpretación restrictiva de las expresiones acusadas, pues dentro de la misma se incluye las luchas tendientes a obtener logros sociales, económicos y sectoriales que incidan de manera directa y próxima en el ejercicio de la actividad respectiva. <br>exequible bajo el entendido de que las expresiones demandadas no excluyen la huelga atinente a la expresión de posiciones políticas sociales, económicas o sectoriales directamente relacionadas con la actividad, ocupación, oficio o profesión correspondiente. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto ley 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones "con fines economicos y profesionales propuestos a sus patronos" contenida en el articulo 429 del Codigo Sustantivo del Trabajo y "cuando persiga fines distintos de los profesionales o economicos", contenida en el literal b) del articulo 450 de la misma codificacion, en el entendido de que tales fines no excluyen la huelga atinente a la expresion de posiciones sobre politicas sociales, economicas o sectoriales que incidan directamente en el ejercicio de la correspondiente actividad, ocupacion, oficio o profesion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.