C-812 de 2001
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Samuel Escobar Castrillon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inventario solemne de bienes por matrimonio
- Inventario solemne de bienes de precedente matrimonio
- Nombramiento de curador por hijos
- Hijos de precedente matrimonio
- Nombramiento de curador aunque hijos no tengan bienes
- Limitación ante protección de los débiles
- Límites respecto derechos de los niños
- No es absoluto
- Límites respecto derechos de los niños
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo civil.
Arts. 169 170 y 171 inc. 1.
Ley 2668 de 1998.
Art. 3 inc. 2.
Segundas nupcias.
Matrimonio civil ante notario.
Igualdad de los hijos.
Inventario de bienes.
Nombramiento de curador.
Derechos patrimoniales de los niños.
Cosa juzgada.
Estese c- 289/00
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-289 de 2000, en donde se declaró inexequible la expresión de precedente matrimonio contenida tanto en el inciso
- primero. del artículo 169 como en el inciso
- primero. del artículo 171 del Código Civil.
- Segundo. Declarar inexequible la expresión de precedente matrimonio contenida en el inciso
- segundo. del artículo
- tercero. del Decreto Ley 2668 de 1998.
- Tercero. Declarar exequibles, por los cargos analizados, los artículos 169 y 170 del Código Civil así como el inciso
- segundo. del artículo
- tercero. del Decreto Ley 2668 de 1998, con excepción de lo resuelto en los dos numerales anteriores.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.