C-782 de 2004
Ponente Rodrigo Uprimny Yepes
✓Demandante Humberto Octavio Monroy Pinzon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Criterio utilizado por el legislador
- Medio adecuado para propósitos constitucionalmente admisibles
- Criterio para establecer el monto
- Criterio general de proporcionalidad al área de cada inmueble
- No es un cobro de lo no debido
- Trato diverso justificado entre propietarios
- Reserva de ley en regulación
- Definición
- Alcance
- Criterio de proporcionalidad
- Evolución y características de las regulaciones legislativas
- Genera derechos sobre unidades inmobiliarias independientes y sobre áreas comunes
- Deber de regulación por el Estado
- Definición
- Aspectos que definen
- Definición de criterios por el legislador
- Garantía y condicionamiento de ejercicio
- Regulación y definición del contenido y límites
- Medición
- Convivencia de derechos en cabeza del titular
- Es accesoria a la titularidad sobre bienes privados
- Historia de la configuración legal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 675 de 2001 arts. 3 (parcial) y 25 numeral 3.
Regimen de propiedad horizontal.
Coeficientes de copropiedad.
Proporcion de contribución en las expensas comunes de edificio o conjunto.
Libertad de configuración del legislador en materia de propiedad.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 675/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES, pero unicamente por los cargos analizados, el articulo 25 numeral 3deg de la Ley 675 de 2001, asi como el aparte acusado del articulo 3deg de esa misma ley, el cual literalmente dice: "la proporcion con que cada uno contribuira en las expensas comunes del edificio o conjunto, sin perjuicio de las que se determinen por modulos de contribucion, en edificios o conjuntos de uso comercial o mixto. "
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.